El panadero quedó en libertad imputado por homicidio agravado
Deberá presentarse cada quince días en la Oficina Judicial. La defensora oficial, Lucía Pettinari aseguró que en caso de contemplarse las circunstancias del hecho que se dan en un marco de legítima defensa podría quedar sobreseído, para ello resta descartar si se incurrió en exceso de defensa.

Esta mañana, se concretó la audiencia de control de detención del panadero de La Cordillerana quien el pasado miércoles ultimó a un delincuente en el marco de un presunto asalto a mano armada. Al respecto, habló su abogada la defensora oficial Lucía Pettinari y explicó los términos en cuales se produjo la imputación.

“En el relato del hecho realizado por Fiscalía se calificó como homicidio agravado por uso de arma de fuego, pero entendió que por las circunstancias y evidencias que tiene el MPF no se estarían dando los peligros de fuga y entorpecimiento, y se podría avanzar en una medida más benévola en lugar del encierro, sin medida de coerción con presentaciones cada 15 días por un órgano de supervisión de la Oficina Judicial”, indicó en diálogo con Radio Del Mar.

Asimismo, detalló que aunque el panadero prefirió no declarar en esta instancia, se encuentra probado que fue él quién efectuó al menos tres disparos. “No está en duda que haya efectuado los disparos, no prestó declaración pero de la evidencia colectada y de acuerdo a su primer declaración no hay duda de que él efectuó los disparos”.

Sobre el episodio, detalló que los sujetos que ingresaron a la panadería estaban armados, apuntan y le dicen (al panadero) que lo van a matar, él estaba en un salón contiguo al salón de ventas desde allí efectuó tres disparos, (Usqueda) corre hacia al exterior y queda tendido en la esquina de la escuela”.

Debido al rápido accionar policial se logra dar con uno de los otros dos asaltantes. Al respecto, Pettinari contó que la policía se acercaba al lugar tras recibir el aviso de los directivos de la escuela que advertían sobre personas sospechosas rondando la zona.

SOBRESEIMIENTO

A pesar de que la imputación inicial de homicidio agravado por el uso de arma de fuego que prevé una pena mínima de diez años y ocho meses, la posibilidad de que se considere la circunstancia en la cual se produce el hecho podría representar el sobreseimiento para el panadero.

Para ello se debería considerar entre otros puntos: la provocación de la agresión, la necesidad racional del medio empleado. En este caso, Pettinari puso en consideración que tratarse de un robo, está justificada la provocación, al igual que la utilización del arma frente a un ataque con armas. “El medio empleado es el arma contra un arma, utiliza el mismo medio que la persona que está atacando sus derechos y de un tercero que es la empleada que estaba siendo amenazada también”.

“Podría quedar sobreseído porque su conducta está justificada, a lo sumo se puede plantear un exceso en legítima defensa, esa es una calificación que sí tiene pena de prisión mucho más leve que lo que pretende el MPF, sería homicidio culposo que implica entre 2 y 5 años de prisión, lo cual no requeriría de cumplimiento efectivo tratándose del caso de una persona sin antecedentes”, resumió.