Conforme a las facultades que le confiere el DNU 408/2 del Gobierno nacional, la gobernadora Alicia Kirchner firmó hoy el Decreto 475/20 por el cual no solamente se autorizan más actividades laborales sino también “salidas de esparcimiento” en todo el territorio santacruceño.
Para tales fines se tuvo en cuenta los planteos que formularon intendentes y comisionados de fomento respecto al COVID 19, tanto de localidades donde se registraron casos positivos como de aquellas donde no se detectó ninguno.
En consecuencia, el nuevo instrumento legal provincial exceptúa del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio a comercios y personal afectado a las actividades y servicios detallados a continuación con las modalidades descriptas:
ACTIVIDADES Y MODALIDAD
-Venta de bienes y mercadería de comercios minoristas con atención al público respetando horarios para adultos mayores y grupos de riesgo y se mantiene la venta bajo plataforma de comercio electrónico y/o venta telefónica (modalidad delivery) ya implementada.
- Oficinas y establecimientos de gestión administrativa, inmobiliarias, administración de colegios privados o institutos, agencias en general, con atención al público en horario reducido.
- Actividades profesionales (contadores, escribanos, arquitectos y abogados) con atención de público con previa solicitud de turno de 8 a 12.
Además, se establece que a los fines de tornar operativa la implementación de las medidas preventivas al COVID 19 se permitirá la circulación de personas en el ámbito de cada jurisdicción de acuerdo a la terminación del número de DNI, conforme la modalidad implementada por cada comuna.
Respecto de la posibilidad de realizar salidas de la gobernadora dispuso que “en beneficio de la salud y bienestar psicofísico de las personas, se permitirán salidas con carácter de esparcimiento” de acuerdo a diferentes modalidades.
En ese contexto, se autoriza paseos en horario diurno con una duración máxima de sesenta minutos (entre las 11 y las 16) sin alejarse más de 500 metros de su residencia.
Se hace la salvedad de que “no se podrá usar transporte público o vehicular y se deberá guardar en todo momento un distanciamiento físico entre peatones no menor a 2 metros, salvo en el caso de niños y niñas de hasta 12 años quienes deberán realizar la salida sólo en compañía de una persona mayor conviviente.
Asimismo se aclaró que “en ningún caso podrá utilizarse para la salida de esparcimiento plazas, parques, circuitos y/o paseos públicos existentes”.