La causa por las "resoluciones mellizas" fue elevada a juicio

El fiscal de Estado de la provincia, Miguel Montoya, confirmó que el fiscal Daniel Báez "concluyó el período de investigación" en torno a la causa por las resoluciones "mellizas" que implican al ex secretario de Hidrocarburos, Luis Tarrío, y que realizó "un pedido de elevación a juicio" de la causa. Estimó que el mismo se realizaría antes de diciembre.

En el caso de las llamadas “resoluciones mellizas”, se acusa a Luis Tarrío de condonar deudas consideradas “millonarias” en favor de empresas petroleras, con perjuicio para el Estado provincial. El hecho en cuestión ocurrió el 22 de junio de 2009, cuando ejerciendo el cargo de secretario de Hidrocarburos y Minería de Chubut dictó dos resoluciones, identificadas como N° 09/09 y 10/09, publicadas como 09/09 bis y 10/09 bis en el Boletín Oficial de la Provincia del Chubut, contrariando la normativa vigente.

En este sentido, el fiscal de Estado de Chubut, Miguel Montoya, declaró que el fiscal general Daniel "Báez ha terminado el período de investigación en torno a las resoluciones mellizas y ha elevado la acusación al juez, prácticamente haciendo lugar a lo que se había narrado como hechos sucedidos en base a la pericial contable. Ha llegado a la conclusión de que hay un perjuicio al Estado de 6 millones 480 mil pesos, que claramente ha sido una maniobra dolosa abusando de su cargo y funciones con atribuciones que no tenía y no le competían. La condonación pertenece a una potestad del Legislativo".

Asimismo, confirmó que "es un pedido de elevación a juicio y el único imputado es Luis Tarrío; hay mención del asesor general de ese momento que es el doctor Aguilera porque el dictamen es parte de la maniobra que oculta que las mellizas tenían intención de encubrir y dice que es un error material y se le podía poner bis".

En diálogo con Radio Del Mar, Montoya confirmó que el cargo es fraude a la Administración Pública e Incumplimiento de los deberes de funcionario público.

"Tenemos que estar contestando el lunes y luego se arma todo el procedimiento del juicio, estimo se realizaría antes de diciembre", dijo.

HECHOS IMPUTADOS

Según la acusación de los fiscales generales Báez y Pereira "mediante el dictado las mismas, condonó el pago de cánones anuales para los períodos 2009; 2010 y 2011, correspondientes a las áreas “PAMPA SALAMANCA NORTE”, “CONFLUENCIA” y “SAN BERNARDO”, (resolución Nro. 09/09); y “SIERRA CUADRADA”, “RIO SENGUER” y “BUEN PASTO” (resolución 10/09) que debía abonar la empresa “PATAGONIA PETROLEO”, grupo empresario conformado en origen por las empresas CLIVEDEN PETROLEO ARGENTINA S.A., INTEGRA INVESTMENT S.A. Y KILWER S.A. por la exploración de las citadas áreas, generando un perjuicio estimado de $ 6.488.812, conforme surge de los informes 24 y 31 de cada expediente que datan del año 2010”.

“ABUSO DE AUTORIDAD”

De esta forma, para los investigadores “surge palmariamente la configuración del delito de abuso de autoridad por parte de Luis Eduardo Tarrío, quien excediendo de las facultades propias del cargo que poseía de secretario de Hidrocarburos de la provincia del Chubut, condonó una deuda millonaria a favor de la empresa beneficiaria, en perjuicio del Estado provincial. En ese ámbito Tarrío ha afirmado en los fundamentos de los referidos actos administrativos esto es en cuanto a que él mismo, hace referencia a que habría intervenido el órgano asesor de gobierno, para el dictado de dicho acto, (el cual se encontraba a cargo del Dr. Pablo Aguilera y quien presuntamente habría visado y autorizado el dictado de las resoluciones referidas), circunstancia ésta que no ha sucedido, lo cual indica el conocimiento y voluntad por parte del señor Tarrío, que no podía emitir tales resoluciones sin estar abusando del cargo que ostentaba, por no presentarse las circunstancias fácticas en que las normas que lo rigen autoriza, y sin seguir los pasos establecidos en el ámbito interno de la administración pública provincial, entre otras irregularidades”.

"Con el dictado ilegal de las resoluciones que se mencionan en la presente apertura no solo abuso de su autoridad dictando resoluciones contrarias a la Ley 17.319 sino que a través de las mismas ejerció en su carácter de secretario de Hidrocarburos actos de administración patrimonial condonando una deuda de $ 6.488.812, en favor de la empresa PATAGONIA PETROLEO, grupo empresario conformado en origen por las empresas, CLIVEDEN PETROLEO ARGENTINA S.A, INTEGRA INVESTMENT S.A. y KILWER S.A causando un daño patrimonial al Estado Provincial”.

“LLAMATIVO”

"La maniobra comienza cuando la empresa PATAGONIA PETROLEO a través de su apoderada Carolina Landi, solicita la eximición del pago del canon anual para los periodos 2009, 2010 y 2011, por motivos que expresa en sendas notas y a las cuales nos remitimos. En virtud de ello, Petrominera Sociedad del Estado aprueba las inversiones comprometidas por dicha empresa, y realizadas correspondientes al primer periodo de exploración -2008-. Que dichas áreas habían sido adjudicadas por Decreto provincial 1694/06, y Decreto 870/06 respectivamente; y por la Ley de Hidrocarburos 17.319 los permisionarios de exploración y concesionarios de explotación deben pagar anualmente y por adelantado el canon que por cada km2 o fracción conforme se establece en los Artículos 57 y 58 de esa Ley que ante este pedido el imputado Tarrío dicta las resoluciones Nº 9 y 10 del 2009, sin dictamen legal previo y abusando de sus funciones dado que la ley no lo autorizaba, y compensa la deuda por los cánones adeudados por las inversiones realizadas. Lo llamativo y que se intentara demostrar en juicio es que Tarrío abusando de su cargo y en forma fraudulenta dispone de una suma a percibir por parte del Estado provincial, ocasionando un perjuicio estimado en la suma de $6.488.812”.

“OCULTAMIENTO”

Surge nítido de las probanzas colectadas que Tarrío intentó ocultar dicha maniobra al numerar dichas resoluciones con números que en realidad correspondían a otras resoluciones que en nada se compadecían con el fraude realizado, por ejemplo la Nº 9 de fecha 22 de junio del 2009 –igual fecha- resuelve aprobar la contratación directa efectuada por la Secretaría de Hidrocarburos con la firma MEGA; y la Nº 10 de igual fecha resuelve aprobar la reglamentación del Registro Provincial de empresas Petroleras. Dicha maniobra es detectada por los ingenieros Carlos Lambert y Sergio Schaivonne, cuando este último asume en el cargo de secretario de Hidrocarburos e intima a la empresa Patagonia Petróleo a abonar el canon adeudado en octubre del 2009. Insiste en diciembre del mismo año, y el 30 de diciembre del 2009, la apoderada responde que nada deben, aludiendo a las resoluciones Nº 9 y 10 que en copia se la adjuntan a Schiavonne; es allí donde toman conocimiento de la maniobra. Ante ello, verifican en el Boletín Oficial que dichas resoluciones no habían sido publicadas en dicho ente; y ordenan un sumario administrativo. Así las cosas, Schiavonne renuncia al cargo y asume nuevamente el imputado Tarrío, y previo dictamen legal del Asesor General de Gobierno, quien entiende que simplemente se trató de un error material en la numeración de las resoluciones como así en la no publicación de las mismas, se decide por parte de Tarrío poner a las mismas la Numeración 9 bis y 10 bis, y publicar dicha rectificación en el Boletín Oficial, pero no el contenido de las mismas.

Finalmente, Baéz y Pereira expresaron en su momento que “entendemos que con el dictado oculto e ilegal de las resoluciones no sólo se abusó de la autoridad que la ley le otorgaba por Ley 17.319 sino que también ejerció un acto propio de administración condonando y no compensando una deuda de $ 6.488.812 en favor de la empresa PATAGONIA PETROLEO en perjuicio de la Administración Pública Provincial”.

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