"La ordenanza vigente no se debe modificar"
Desde la Oficina de Derechos y Garantías cuestionaron la renovada iniciativa para habilitar la compra y venta de pirotecnia "de bajo estruendo". Sostienen que una modificación podría abrir una puerta para volver a vulnerar los derechos de las personas con trastorno autista.

La modificación de la Ordenanza 12625, por la cual se prohíbe por completo el uso de pirotecnia en el ejido de Comodoro Rivadavia fue aprobada de forma unánime por los concejales el 12 de diciembre de 2017. También se dejó expresamente aclarado que se podía ejercer una salvedad en los actos por el aniversario de la ciudad que organizara el municipio.

Desde entonces, las intenciones para modificar la ley se han multiplicado. La última de ellas está reflejada en el anteproyecto presentado por el Sindicato del Fósforo y comerciantes locales para vender pirotecnia de “bajo estruendo”.

La propuesta es analizada por los concejales y ya obtuvo la negativa de los integrantes de integrantes de Comodoro TGD Padres TEA (Trastornos del Espectro Autista) por considerar que la misma solo se preocupa por el nivel de ventas y no por la salud de las personas.

La postura de la ONG recibió el apoyo de la Oficina de Derechos y Garantías de Comodoro Rivadavia porque considera que se debe respetar y mantener la ordenanza vigente.

“Esta ley fue trabajada por los concejales y por los padres en su momento y debería quedar así”, aseguró Valeria Coniglio, titular del organismo.

“Hay que garantizar el goce pleno de todos los derechos humanos”, aseveró en diálogo con El Patagónico y manifestó que tuvieron que buscar el anteproyecto porque no llegó a la Oficina de Derechos y Garantías.

“Tienen ítems que nos hacen ruido. Uno es que se habiliten los productos de bajo impacto cuando sabemos que todo elemento que tiene pólvora genera impacto. El otro día escuchaba a un padre que se explayaba en el Congreso Nacional sobre lo que significa para las personas autistas pasar las fiestas de fin de año por los sonidos de los fuegos artificiales. No podemos avanzar en este tipo de medidas cuando está en riesgo la salud de las personas”, consideró.

DERECHO A LA VIDA

Según Coniglio, el anteproyecto también establece habilitar “zonas calmas” que serían sectores donde se deben extremar cuidados con el uso de la pirotecnia, como el Hospital Regional y la sala velatoria. “Esto es un eufemismo de inclusión. Es discriminación. No podemos dejar una puerta abierta para este tipo de casos y más llegando a fin de año por todo lo que esto genera”, criticó la titular de la Oficina de Derechos y Garantías de Comodoro.

“Si tenemos una ordenanza vigente hay que trabajarla porque es ahí donde se pone vigencia la inclusión”, sentenció Coniglio.

“Todos tenemos derecho a tener una reunión familiar con todos los cuidados que debemos tener y entendiendo el contexto en el que estamos. Pero eso no significa que cada vez que se acerquen las fiestas las personas deban irse a un campo o lejos de su domicilio porque se habilitó la venta de pirotecnia de bajo estruendo. Tenemos que tener respeto por la diversidad”, destacó.

Hay que recordar que ya en 2017 el Ejecutivo municipal realizó una prueba de estruendo para determinar los decibeles en más de 300 artefactos de pirotecnia. La medida fue cuestionada y no obtuvo el visto bueno para seguir avanzando.

El avance del anteproyecto llevó a que la Oficina de Derechos y Garantías pidiera una reunión con la comisión de Políticas de Salud, Promoción e Integración Social, Cultura y Deportes del Concejo Deliberante.

“Todavía no hemos tenido novedades por parte de los ediles. Nosotros queremos reunirnos porque tenemos que hablar de diseños universales. Tenemos que trabajar mucho más en estas cosas en un trabajo sostenido y que se hace en el tiempo”, aseveró Coniglio.