Los jueces de Cámara consideraron como fundamento de su decisión las características del injusto, el medio empleado para concretarlo y la modalidad del hecho a traición, sin posibilidad que el trabajador del volante se defienda. También se refirieron a la extensión del daño causado, el lugar de comisión, en la vía pública, la nocturnidad y la desventaja de la víctima respecto del autor. Teniendo en cuenta todo esto “no se observa violación al principio de proporcionalidad”, aseguraron.
Respecto de lo alegado por la defensa del alto monto de la pena, en comparación con otros casos en los que se impuso una pena menor, “existen diferencias en cada caso en particular y también existen otros precedentes jurídicos que convalidaron sentencias de ese mismo monto”. En cuanto a la prueba expuesta en la etapa de cesura, el tribunal consideró las circunstancias que surgen del informe social, pero no como una circunstancia atenuante que impacte en el monto de la pena.
En dicho sentido en lo referido al principio de humanidad de la pena, en la etapa de la ejecución de pena, si el reo tiene acceso a la libertad condicional o asistida, esto impide considerar violatorio al principio de humanidad y resocialización, concluyeron.
La Cámara en lo Penal ante la cual se realizó la audiencia estuvo conformada por los jueces Daniel Pintos, Martín Montenovo y Guillermo Müller; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Adrián Cabral, fiscal general; en tanto que la defensa de Sotelo, por videoconferencia desde Trelew, la ejerció Esteban Mantecón, defensor público.
HOMICIDIO DEL REMISERO SCHMIDT
El hecho en juicio aconteció el 29 de enero de 2017 cuando el imputado Miguel Sotelo aborda un remis de la agencia Aleisa y en ocasión de transitar el mismo por las calle Las Orquídeas, entre Sarmiento y Huergo, provoca al menos 20 heridas con arma blanca a la víctima, el remisero Fernando Schmidt, ocasionando su óbito por un shock hemorrágico irreversible.