La Cámara Penal confirmó la condena por femicidio contra Nelson Aguilante

Los jueces Martín Montenovo, Daniel Pintos y Guillermo Müller confirmaron ayer en todos sus términos el fallo que condena a Nelson Aguilante por el femicidio de su pareja Débora Martínez, ocurrido el 26 de enero de 2017 en el barrio Próspero Palazzo. Al confirmar el fallo de primera instancia, los camaristas sostuvieron que el estrangulamiento y la violencia se produjeron en una escena de confianza en el que la víctima compartía la vivienda con el ahora condenado.

En la audiencia de impugnación el defensor público Esteban Mantecón había planteado dudas respecto de la autoría de su defendido Nelson Aguilante y la aplicación de los agravantes de violencia doméstica y de femicidio. También había cuestionado el agravante del vínculo y sostenía que no se había demostrado.

Los jueces de la Cámara Penal de Comodoro Rivadavia se refirieron en su fallo a la autoría del crimen, y que el mismo se registró en el interior de la vivienda del barrio Palazzo y que no hubo un móvil de robo u otra naturaleza.

También existieron otros indicios como la existencia de episodios previos de violencia en la pareja y la modalidad de Aguilante de tomar por el cuello a la víctima. “El control del Ministerio Público Fiscal logró vencer el estado de inocencia”, sostuvieron los magistrados.

La teoría defensiva de atribuir el asesinato a una tercera persona como hipótesis de descargo “se basó en indicios no acreditados”, argumentó el Tribunal. Sin embargo, la Fiscalía “fue solvente al acreditar el hecho con prueba indirecta por relatos de familiares y amigos”. Por lo tanto, concluyeron que el autor fue el condenado.

En cuanto al agravante del femicidio, la cosificación de la mujer asimilable a un objeto, y que se encuentra asociado a la violencia de género, también se acreditó por parte de la fiscal general María Laura Blanco. “En el juicio se probó que el acusado sí cosificaba a la víctima al alejarla de sus vínculos afectivos y el miedo que demostró la víctima hacia él ante un accidente de tránsito que sufrió”, puntualizaron los jueces de segunda instancia.

Por todo ello, resolvieron confirmar en todos sus términos la sentencia condenatoria de prisión perpetua para Aguilante al haber sido declarado penalmente responsable del delito de homicidio agravado por haber sido cometido contra una persona que se mantiene una relación de pareja; y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer, mediando violencia de género, en concurso ideal, en calidad de autor.

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