Le negaron la domiciliaria a Oyarzo en dos ocasiones

El imputado está detenido por el crimen de Luis Alberto Ruiz, ocurrido en el barrio Ceferino el pasado 26 de abril. Pretendía una morigeración en la pena, pero le confirmaron la prisión, al menos por otro mes.

El pasado viernes se concretaron dos audiencias de revisión en relación al homicidio de Luis Alberto Ruiz (65), acontecido el pasado 26 de abril y que tiene como imputado a Paulo Alejandro Oyarzo (40). Según trascendió en su momento, el hecho que tuvo un fatal desenlace estaba motivado en diferencias entre vecinos.

Según la primera reconstrucción oficial de los hechos, a las 16.10 de aquel martes, Ruiz se encontraba fuera de su domicilio sito en Rivadavia al 3.500 cuando llegó Oyarzo portando un arma blanca en su mano derecha, y previa discusión con la víctima, le asestó una estocada en el hemitórax izquierdo, en el cuarto espacio intercostal izquierdo, lesionando el ventrículo derecho y provocándole un shock cardiogénico, lo cual hizo que cayera al suelo.

Inmediatamente Oyarzo se retiró del lugar, ocultándose en su vivienda de la calle Facundo, donde sería detenido en la madrugada del miércoles. Luego de ser apuñalado, Ruiz caminó hasta la Avenida Estados Unidos al 1448 donde pidió ayuda y cayó muerto.

El hecho fue calificado provisoriamente como “homicidio simple” y la Fiscalía también pidió 6 meses para concluir con la investigación. La defensa no objetó la legalidad de la detención, ni el relato del hecho, aunque sí la calificación legal en base a la “discusión” planteada en el hecho, adelantando que postulará un “exceso en la legítima defensa”.

LA PRIMERA NEGATIVA

En la primera instancia de morigeración de pena del pasado viernes, la representante de Fiscalía solicitó se mantenga la prisión que pesa sobre el imputado en base a las características graves del hecho y la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. El defensor se opuso y pidió el arresto domiciliario.

Presidió la primera audiencia de revisión la jueza penal María Laura Martini; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Fabiola López, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de Oyarzo fue ejercida por Alejandro Daniel Fuentes, defensor particular del mismo.

La funcionaria de fiscalía solicitó se mantenga la prisión preventiva que viene cumpliendo el imputado por el plazo de tres meses, plazo que resta para culminar con la investigación. A la fecha han aumentado los peligros procesales, sobre todo el de entorpecimiento, argumentó. También persiste el peligro de fuga, por la gravedad del hecho y la pena que se espera como resultado del procedimiento, acotó López.

En contraposición el defensor se opuso al mantenimiento de la medida de coerción de su pupilo, solicitando se evalúe el informe ambiental positivo de Oyarzo. Además, recalcó que no tiene antecedentes penales, solicitando se realice con celeridad la reconstrucción del hecho ya que las pruebas que restan son de carácter técnico planteando una calificación menos gravosa para el caso, como un “exceso en la legítima defensa, o una legítima defensa u homicidio culposo”.

Para que su defendido obtuviera el arresto domiciliario, dijo estar dispuesto a que utilizara tobillera electrónica y depositara una caución económica.

Pero la jueza resolvió mantener la prisión preventiva del imputado por tres meses, o hasta la audiencia preliminar, lo que suceda primero, ya que asiste razón a la Fiscalía de lo solicitado.

DOS VECES NO

A continuación, el defensor planteó la revisión de la decisión de la jueza natural de la causa, de mantener la prisión preventiva de Oyarzo, ante dos jueces: Miguel Caviglia y Alejandro Soñis. Criticó la decisión de la jueza de prorrogar la medida de coerción solicitada por la Fiscalía, calificándola de “arbitraria”.

Sostuvo que “es abusivo el mantenimiento de la medida de coerción y debe prevalecer el principio de presunción de inocencia”. Sin embargo, la funcionaria de fiscalía sostuvo que no fue una decisión arbitraria, sino que estuvo debidamente fundada, ya que basó la misma en el peligro de entorpecimiento, por las características del hecho.

Finalmente, los jueces del tribunal revisor resolvieron mantener la prisión preventiva de Oyarzo por el término de un mes, entendiendo que resulta necesaria la realización de la reconstrucción del hecho como lo solicitara la defensa.

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