Los imputados por el homicidio del pescador seguirán detenidos

Los imputados por el homicidio de Gustavo Fozziano, quien fue asesinado en una playa cercana a Rocas Coloradas, continuarán detenidos por otros 60 días. Así se resolvió ayer durante la revisión de la prisión preventiva y constitución de querellante. La defensa de Alberto Núñez y Claudio Hernández solicitó la domiciliaria para el primero y la libertad para su consorte.

La revisión de la prisión preventiva que vienen cumpliendo Alberto Núñez y Claudio Hernández, se realizó ayer en la Oficina Judicial de Comodoro Rivadavia y fue presidida por el juez penal, Martín Cosmaro. El Ministerio Público Fiscal fue representado por el fiscal general, Adrián Cabral, mientras que la querella quedó representada por el abogado Oscar Herrera. Los imputados, en tanto, recibieron la asistencia del abogado particular, Mauro Fontéñez.

El homicidio de Gustavo Fozziano se produjo el 22 de abril, alrededor de las 5, en la zona de pesca ubicada al norte de Caleta Córdova conocida como “La Horqueta”, cercana a Rocas Coloradas.

De acuerdo a la acusación de la Fiscalía, a ese lugar arribaron los imputados junto a otras dos personas y comenzaron a agredir a los pescadores que dormían en un refugio construido en un lugar.

Fozziano, junto a un familiar, descansaba en una camioneta y al escuchar el alboroto se levantó e ingresó al refugio, momento en que según la Fiscalía, sin mediar palabras y con claras intenciones de provocar la muerte, Núñez le aplicó una puñalada en el maxilar derecho, tras lo cual le disparó con un arma de fuego.

Al cabo de uno minutos Fozziano falleció como consecuencia de un “shock hipovolémico irreversible por herida de arma de fuego y arma blanca”. A todo esto, Hernández sacó del lugar a Núñez conduciendo el vehículo con el cual colaboró con su huida.

El caso fue calificado como homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en calidad de autor para Núñez y de partícipe necesario para Hernández.

DOS MESES DE PRISION

A su turno el acusador público solicitó que se mantenga la medida de coerción que pesa sobre los dos imputados porque hasta el momento no se modificaron los peligros procesales que oportunamente motivaron el dictado de la medida de coerción.

Al respecto, Cabral sostuvo que existen elementos de convicción suficientes para tenerlos como presuntos autores, pero además persisten los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación.

En estos dos meses de transcurrida la etapa de investigación se tomaron entrevistas y se reunieron más elementos con el propósito de acreditar la autoría, según señaló ayer en la audiencia el fiscal y destacó que persiste el peligro de fuga por las característica graves del hecho, el cual fue cometido en horas de la noche, con un arma de fuego. Y además, por la pena que se espera como resultado del procedimiento, agregó.

El acusador público entiende que la soltura de los imputados entorpecerá la investigación porque en el medio libre estos podrán influir sobre los testigos del caso. Por esa razón, solicitó el mantenimiento de la prisión preventiva de Núñez y Hernández por otros dos meses, entendiéndolo como un tiempo racional y proporcional a la pena que se tiene como expectativa.

En representación de la querella, el abogado particular, Oscar Herrera coincidió con el acusador público respecto a los peligros procesales y al mantenimiento de la prisión preventiva de ambos imputados por el término de dos meses.

Al referirse al caso, lo describió como de “extrema gravedad, cegando una vida mediante el uso de arma de fuego”, sin dejar de mencionar la extensión del daño causado.

MORIGERACION

El defensor particular Mauro Fontéñez se opuso al mantenimiento de la prisión preventiva solicitada por los acusadores público y privado. El abogado reconoció que hubo un avance en la investigación, aunque afirmó que “es caprichosa” respecto de sus asistidos porque entiende que se ha “omitiendo endilgar el hecho a otras personas que estaban” en el lugar.

“No existen elementos de convicción para sostener la autoría de un homicidio”, dijo Fontéñez y en lugar de esa calificación el caso encuadra, a su criterio, en la figura de homicidio en riña, el cual tiene una pena mínima de dos años de cumplimiento en suspenso, contra los 10 años y 8 meses de mínimo que tiene el homicidio agravado por el uso de arma de fuego.

El abogado, además, cuestionó el peligro de fuga al que refirieron los acusadores público y privado, sobre el cual concluyó que no se encuentran dados los requisitos, como tampoco del peligro de entorpecimiento.

“Los dos tienen un fuerte arraigo y familia en la ciudad y no cuentan con antecedentes penales, ni causas en trámite”, sostuvo y requirió el arresto domiciliario de Núñez y la libertad de Hernández con presentaciones semanales en la Oficina Judicial y prohibición de acercamiento a los testigos.

Tras escuchar a las partes, el juez confirmó el mantenimiento de la prisión preventiva de ambos imputados por el término de dos meses, a partir de la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Mencionó también “la gravedad del hecho producido en un lugar alejado de la ciudad”.

Fuente:

Notas Relacionadas

Dejá tu comentario

Las Más Leídas del Patagónico