La fiscal relató los hechos endilgados e indicó que el primero se produjo el 20 de octubre de 2018 cuando se presentó en el domicilio de los padres de su ex pareja a quien golpeó en estómago y espalda por endilgarle haber salido la noche anterior con sus compañeras.
Asimismo, las amenazas se extendieron hacia sus familiares, inclusive delante de efectivos policiales que llegaron alertados ante llamados. En realidad, la pareja se encontraba separada hacía un tiempo, aunque la víctima venía soportando la violencia durante más de diez años, atemorizada por el constante mal trato traducido en violencia y amenazas de muerte sobre su persona.
Pero el 22 de octubre, el agresor se apersonó en el domicilio de la mujer, que se encontraba con sus hijos menores, a pesar de la orden de prohibición de acercamiento que por 180 días había impuesto la jueza de Familia Teresa Apaza.
Posteriormente, el 5 de noviembre, el mismo imputado se interpuso en el camino de la mujer en la vía pública y la amenazó con que lo dejara ver a los hijos o la mataba y presa de pánico la víctima solicitó a los gritos ayuda, arribando la policía y llevándose detenido al hombre que intentaba huir del lugar.
Cinco días después y desobedeciendo por tercera vez la orden de prohibición, volvió al domicilio de la mujer, golpeó a un vecino que se interpuso en la puerta de la vivienda y frente a su hijo menor amenazó con matarla y prender fuego la casa, pero logró escaparse cuando llegaba la policía.
No conforme con esto, fue hasta donde viven familiares de la perjudicada e intentó llevarse por la fuerza a uno de sus hijos, situación que culminó con la llegada de efectivos policiales que lo llevaron detenido.
EL ACUERDO
Se acordó una pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo, teniéndose en cuenta que Nahueltripay no tiene antecedentes condenatorios y hace un año y ocho meses se encuentra cumpliendo medida de coerción.
Por otra parte, se exigirá el cumplimiento de tratamiento psicológico durante todo el plazo que dure la condena, orientado hacia la perspectiva de violencia de género.
La jueza Moreno consideró que el acuerdo era serio y razonable, en tanto que la víctima admitió los hechos y coincidió en la necesidad de cumplir las exigencias resueltas. En tal sentido la magistrada comunicó a las partes que dará a conocer la resolución por escrito, aunque adelantando su decisión favorable.