Condenan a una mujer a 18 años de prisión por abusar de su hijo

Los hechos fueron cometidos en Viedma durante el año 2015 y la víctima es un adolescente que padece una discapacidad intelectual.

El Tribunal de Juicio integrado por los Jueces Daniela Zágari, Itziar Soly y Favio Corvalán, por mayoría, resolvió condenar a una mujer a la pena de 18 años de prisión por abuso sexual reiterado de una mujer hacia su hijo.

Según informó rionegro.com, el abuso hacia uno de sus hijos está agravado por el acceso carnal, por haber sido cometido por un ascendiente y por situación de convivencia preexistente.

También se la juzgó como partícipe primaria de abuso sexual agravado por acceso carnal, con Promoción de la Corrupción de menores agravada por su condición de ascendiente, del que resultó víctima segundo hijo.

Los hechos fueron cometidos en 2015 y la víctima es un adolescente que padece una discapacidad intelectual.

Durante las audiencias de Juicio Oral y Público llevó adelante la acusación el fiscal Juan Pedro Puntel, por la querella el abogado Simón Orte acompañando al denunciante y se desempeño como defensor particular el abogado Ignacio Galiano.

En ocasión de la audiencia de cesura el fiscal pidió la pena de 22 años y 6 meses de prisión, y por su parte la querella adhirió al pedido . La Defensa en cambio pidió que se le imponga a su defendida la pena mínima prevista de 10 años de prisión.

La posición mayoritaria se sustenta en el voto de la jueza Daniela Zágari, quien explicó que “la acusación ha acreditado suficientemente las proposiciones fácticas de su teoría del caso, teniendo así por demostrados los hechos investigados y la responsabilidad penal de la imputada”.

En su argumentación agregó que “la declaración de las víctimas tiene un substancial valor probatorio, en mérito a que estos ilícitos se cometen en la privacidad, sin testigos, o aprovechándose de alguna situación de vulnerabilidad del damnificado que puedan garantizar la impunidad del delito; de allí la esencialidad y jerarquía que cabe otorgar al examen de este medio probatorio”.

El voto minoritario correspondió a la jueza Itziar Soly, quien argumentó que debía anularse el debate por indefensión de la acusada, poniendo el acento en la labor de su abogado defensor.

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