El 4 se dará a conocer el fallo para el hombre que baleó a un policía

Hoy se realizó la audiencia de impugnación de sentencia por lesiones graves doblemente agravadas que tiene como único imputado a Mauro Pavei por un hecho acontecido el pasado 30 de diciembre de 2015 cuando enfrentó armado a personal policial.

Por el hecho acontecido el pasado 30 de diciembre de 2015 que tiene como condenado en primera instancia a Mauro Pavei se llevó a cabo la mañana del martes en sede de los tribunales penales ordinarios la audiencia de impugnación de sentencia impulsada por su defensa.

Pavei fue declarado penalmente responsable, el pasado 17 de marzo del presente año, del delito de lesiones graves doblemente agravadas por haber sido cometidas con arma de fuego y contra personal policial; condenado por mayoría a la pena de 4 años y 6 meses de prisión.

Hoy en la audiencia de impugnación la defensa solicitó la absolución de su pupilo por la "arbitrariedad del fallo", haciendo reserva del caso federal. Por su parte la fiscal solicitó "se rechace la impugnación de la defensa y se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria" en contra de Pavei. Los jueces de Cámara pasaron a deliberar y darán a conocer el fallo el próximo martes 4 de julio.

Cabe señalar, que la audiencia se efectuó ante los jueces de la Cámara en lo Penal, Martín Montenovo, Daniel Pintos y Guillermo Müller; el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por la fiscal general Cecilia Codina; en tanto que la defensa de Pavei fue ejercida por Viviana Barillari, defensora pública.

La defensora solicitó la impugnación de la sentencia de primera instancia en contra de su pupilo, que por mayoría lo condenó a 4 años y 6 meses de prisión, por encontrarlo penalmente responsable del delito de "lesiones graves doblemente agravadas, por haber sido cometidas con arma de fuego y en contra de personal policial". Pidiendo "su absolución" ya que "no se ha arribado con convicción a la existencia del injusto", es decir "por la arbitrariedad del fallo". La defensora coincidió con el voto en disidencia del juez Caviglia "en la nebulosa que se generó en cómo ocurrieron los hechos partiendo únicamente por los dichos de la víctima", un agente policial.

Ese día a raíz de un incendio en el barrio Moure, dos servidores públicos concurren al lugar para ayudar a los bomberos y Pavei y un grupo de 4 o 5 personas agreden a los agentes, y luego de un forcejeo entre la víctima y mi asistido, se produce un disparo que impactó en la pierna de Pavei. La víctima es el único testimonio que refiere un segundo disparo, enfatizó la defensora. A su entender no se alcanzó el grado de certeza para destruir el principio de inocencia, se impone la duda y en consecuencia su absolución. La defensora asimismo sostuvo que hubo un solo disparo y fue el que causó la herida a mi asistido ya que en el lugar del hecho se secuestró una sola vaina servida 9 mm., que es el calibre que usa la policía. Por último la defensa planteó una violación al principio de congruencia ya que la causa se investigó en base al delito de "homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en grado de tentativa" y luego se lo condenó por el delito de "lesiones graves doblemente agravadas". A su entender no se constató quienes provocaron esas lesiones.

En contraposición la fiscal solicitó al tribunal que confirme en todos sus términos la sentencia en contra de Pavei ya que los votos de la mayoría, los jueces Tassello y Cosmaro, fueron ajustados a derecho y debidamente fundados. La mayoría del tribunal entendió que en el juicio se probó la materialidad del hecho y la responsabilidad de Pavei en el mismo. Cosmaro se refirió a que el único testimonio, el de la víctima, no obliga a prescindir del mismo; en tanto que Tassello afirmó que el relato de la víctima fue sincero y coherente.

La fiscal sostuvo que se probó que hubo un forcejeo, luego Pavei le quita el arma de fuego, cuando estaba en el suelo, y realiza un disparo que hiere a la víctima. Cuando una comisión de agentes vuelve al lugar del hecho, ven a Pavei que apunta con un arma a la víctima; y cuando lo detienen tenía en su poder el arma de fuego reglamentaria del servidor público. Cuando llega al Hospital, en la Historia Clínica, queda asentado que ingresa una persona por herida de arma de fuego. No hubo discusión sobre ese punto por parte de la defensa. Respecto de la falta de congruencia la fiscal sostuvo que los jueces entendieron que no se ha probado la intención de muerte de Pavei, pero no hubo un cambio en la plataforma fáctica. En base a todo lo expuesto Codina solicitó al tribunal que "rechace la impugnación y se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria" de primera instancia.

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