Joaquín Suárez recibió 14 años de prisión por matar a su primo Matías

Una pena de 14 años de prisión fue la que resolvió aplicar el tribunal que condenó a Joaquín Isaías Suárez por el homicidio agravado de su primo, Matías Suárez. Así lo hizo conocer ayer el juez Miguel Angel Caviglia mediante la lectura de la parte resolutiva de la sentencia. Al analizar los atenuantes, la mayoría consideró la confesión del condenado, no así la presidenta del tribunal para quien las palabras del acusado no fueron sinceras.
A las 11:30 de ayer se retomó el acto para que el tribunal que presidió la juez penal, Gladys Olavarría, y se completó con Miguel Ángel Caviglia y Alejandro Soñis, diera a conocer el monto de la pena que deberá cumplir Joaquín Isaías Suárez, quien la semana pasada fue declarado penalmente responsable del delito de homicidio simple y agravado por el uso de arma de fuego. Ello, por el hecho que el 3 de agosto del año pasado tuvo como víctima a su primo Matías.
La lectura estuvo a cargo del juez Caviglia, quien recordó los pedidos que hicieron las partes durante el juicio de cesura que se celebró el jueves, ocasión en que la fiscal general Camila Banfi solicitó una pena de 13 años de prisión; el abogado de la querella, Sergio Romero, 18 años; y los defensores Mauro Fonteñez y Patricio Ferrazano, 10 años y 8 meses, como lo establece el mínimo para el delito por el cual fue condenado.
En esa ocasión cada una de las partes, para fundar el monto de la pena, expuso a su criterio los atenuantes y agravantes que se tomaron en cuenta para la dosificación punitiva.
Al respecto, la acusadora pública mencionó como agravante la conducta precedente del imputado, así como las amenazas previas de que iba a matar a su primo; los motivos que lo llevaron a delinquir y el hecho de haber compartido gran parte de su vida, por el parentesco, con la víctima. Y también pidió que no se tuviera como circunstancia atenuante el arrepentimiento y la confesión de autoría de Joaquín Suárez porque a entender de la fiscal fue para mejorar su situación procesal.
El querellante, en tanto, al referirse a los agravantes destacó la peligrosidad del imputado y su conducta posterior de fuga y constantes amenazas a la familia de la víctima, incluso estando privado de su libertad.
Por su parte los defensores resaltaron como atenuantes la falta de educación y de antecedentes penales; la existencia de un conflicto previo entre ambas familias y el incendio de su casa.

LA SOLUCION NO ERA MATAR

Tras refrescar los agravantes y atenuantes señalados por las partes, el tribunal descartó las amenazas, como así también la peligrosidad esgrimida por el querellante en razón de que no se probó ello con algún estudio sobre personalidad.
Sí se tomó como agravante la extensión del daño causado, teniendo en cuenta que la víctima tenía dos hijos, uno de los cuales no llegó a conocer porque su pareja estaba embarazada cuando él fue asesinado por su primo. También se tuvo en cuenta que la víctima era sostén de familia y la calidad del motivo que lo llevó a delinquir, destacándose como agravante el parentesco de primo hermano entre víctima y victimario.
En cuanto al pedido de disculpas que ofreció el acusado, el tribunal se dividió para tenerlo en cuenta y sobre el tema votó en minoría la presidente del tribunal, quien entendió que no fue sincera su confesión. De todas maneras, la mayoría lo tuvo en cuenta para atenuar la pena.
A pedido de la fiscalía, finalmente, el tribunal hizo lugar al mantenimiento de la prisión preventiva para el homicida.

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