El hombre que violó a una adolescente de su entorno familiar y motivó su suicidio fue condenado por un jurado popular. El proceso se desarrolló en la ciudad de Cutral Co y en una próxima instancia se resolverá la pena de prisión que cumplirá.
El veredicto se conoció este viernes por la tarde, luego de cinco jornadas de juicio en los tribunales de Cutral Co, y la resolución respaldó el pedido que efectuó por la mañana el fiscal jefe Gastón Liotard y la fiscal del caso Ana Mathieu al jurado popular, para que declare la responsabilidad penal del hombre identificado por sus iniciales como J.C.F.
Por una mayoría de 8 votos sobre 12, J.C.F. fue declarado culpable del delito de abuso sexual con acceso carnal seguido de muerte, agravado por ser cometido contra una menor de 18 años de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente, en calidad de autor.
Tras la resolución del jurado popular, ahora queda pendiente discutir la pena que deberá cumplir J.C.F. Esto se hará en una audiencia en los próximos días, que deberá fijar la Oficina Judicial.
POR UN GASTO EN MERCADO PAGO
La hipótesis del caso que presentó el fiscal jefe y la fiscal del caso al inicio del juicio, fue que el hecho fue cometido el 22 de julio de 2024 en Plaza Huincul. El acusado, que era parte del entorno familiar de la víctima, llegó a la vivienda en la que convivían. Lo hizo alrededor de las 17 y entre ambos surgió una discusión: el motivo fue una transferencia de dinero efectuada por la adolescente, de 14 años, a través de Mercado Pago.
En ese contexto, el imputado aferró a la menor y mediante el uso de la fuerza, la violó, provocándole diversas lesiones.
Esto determinó que la adolescente, el mismo día y en un lapso menor a las 12 horas de haber sufrido el abuso sexual, tomara la decisión de quitarse la vida en el interior de la vivienda. Murió por asfixia por ahorcamiento.
“Ella estaba inmersa en una situación de vulnerabilidad”, puntualizaron los integrantes del Ministerio Público Fiscal (MPF) en el alegato de apertura del juicio. Y remarcaron que “el día del ataque, la única persona que le pudo causar las lesiones fue J.C.F.; él era el único varón en el domicilio”.
Desde la defensoría de la Niñez y Adolescencia, adhirieron al planteo del MPF. Los abogados defensores del acusado habían pedido la declaración de no culpabilidad.