La revisión de la prisión preventiva que viene cumpliendo E.M. fue revisada ayer de oficio por el tribunal que integraron los jueces Jorge Odorisio y Miguel Ángel Caviglia. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por la funcionaria Natalia Gómez, mientras que el condenado fue asistido por el defensor particular, Guillermo Iglesias.
En ese contexto, la acusadora pública ilustró al tribunal sobre los detalles del caso y recordó que todo se inició el 10 de agosto de 2017, entre la 1:30 y las 4:25, cuando la víctima se encontraba en el domicilio que ambos compartían en el barrio Malvinas Argentinas, en la zona oeste de Comodoro Rivadavia. Convivieron 8 años y tienen 4 hijos, quienes al momento del ataque estaban durmiendo. Según la Fiscalía, el imputado increpó a su pareja exigiéndole que le dijera el nombre de la persona que días antes le había enviado un mensaje de texto. Al no tener respuesta tomó un arma de fuego y mostrándosela a su pareja le dijo: esta es la que va a decidir si vos vivís o no, ahora yo tengo el mando, tras lo cual apuntó con el arma a la cara y la cabeza de la víctima, para exigir que le dijera quién le había mandado el mensaje. Ante la negativa de la víctima, E.M. la empujó contra la pared, le apoyó el arma en el abdomen y efectuó al menos un disparo que ingresó por la zona paraumbilical y salió por la cresta ilíaca derecha, provocando tres lesiones que no pusieron en peligro la vida, con un tiempo de incapacidad laboral estimado en menos de treinta días.
El violento quedó detenido y al día siguiente le dictaron la prisión preventiva hasta la audiencia preliminar. En esa condición llegó al juicio oral y público, donde fue condenado a 13 años y 4 meses de prisión. En tanto que en la instancia siguiente la Cámara Penal de Comodoro Rivadavia hizo lugar parcialmente al recurso de la defensa y le redujo la pena a 13 años.
La sentencia, que ya cuenta con doble conforme, fue elevada el 4 de abril en consulta ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia por superar la pena el monto de 10 años y en virtud de todo ello, la Fiscalía entiende que se acrecienta el peligro de fuga, razón por la cual requirió que se mantenga la prisión preventiva hasta que la corte provincial se expida o hasta que se cumplan seis meses para volver a revisar la medida.
El defensor no cuestionó el pedido de la funcionaria y el tribunal resolvió mantener la prisión preventiva hasta que la sentencia condenatoria en su contra pase en calidad de cosa juzgada, o bien dentro de seis meses como lo marca la Ley.