Declaran culpable a la jefa policial que abusó de un hombre

Por unanimidad, el Tribunal Mixto determinó que la mujer que se desempeñaba en la Comisaría de la Mujer de José de San Martín es responsable penalmente.

El tribunal compuesto por tres jueces técnicos y dos ciudadanos, tuvo por acreditados los hechos tal como los presentó la Fiscalía. El presidente del Tribunal, José Luis Ennis, leyó el veredicto y explicó muy sintéticamente los fundamentos que luego todos los miembros del tribunal expondrán al redactar sus votos. Sostuvo que vieron el video, consideraron la declaración de la imputada y “no existía coincidencia entre esos dos elementos”. Sí encontraron exactitud en los aspectos relevantes entre la filmación y lo aportado por los testigos.

Gisell Anabell Fiad en abril de 2023 era la responsable de la Comisaría de la Mujer de José de San Martín. En tal condición se presentó en el domicilio de un hombre para notificarlo de una prohibición de acercamiento y exclusión del hogar y, antes de informarlo del contenido de la orden ingresó a la vivienda, sin orden judicial y en contra de la voluntad de él.

“Observamos en el video que la víctima no le indicó que ingrese a la casa, siempre manifestó claramente que no era su voluntad que ingrese a su domicilio”, expuso Ennis indicando que en el video se ve a la imputada diciendo que no iba a tener en cuenta esa negativa. “También advertimos que la víctima tuvo una actitud pasiva, de oposición, pero pasiva”, añadió.

La acusada dijo que la víctima había tenido una actitud que ella denunció como un abuso sexual simple. Pero los jueces lo descartaron. Dijeron que “de lo que apreciamos en el video” no surge “que hubiera alguna intención o materialización de tener algún tipo de contacto sexual con la señora Fiad; tampoco que pusiera manos en la autoridad”. A su criterio, la víctima “tuvo una posición pasiva, en oposición a una posición activa de la imputada”.

El Tribunal Mixto corroboró que fue Fiad quien llevó adelante la medida y solo encomendó en algunos casos a las personas que la acompañaban para que completaran una acción iniciada por ella. Señalaron además que es una oficial de policía con jerarquía alta, de la que era de esperar el conocimiento sobre las circunstancias y la legalidad o no de sus actos en estas diligencias.

ESPOSAS Y UN ACTA IRREGULAR

Fiad incurrió “en claro abuso de sus atribuciones, sobrepasando el límite para lo que estaba autorizada, al ingresar a la vivienda del denunciante, manifestando que lo hace ‘por orden del juez de paz’”, sostuvo en la acusación la fiscal María Bottini.

Dijo que el notificado le permitió ingresar y una vez adentro, la oficial habría hecho que la víctima se pusiera de pie y lo detuvo por “desobediencia, lesiones, atentado y resistencia a la autoridad”, colocándole las esposas.

La Fiscalía sostiene que luego de esto procedió a su detención, sin mediar ninguna de las situaciones contempladas en el artículo 217 del Código Procesal Penal, como así tampoco orden de juez competente que habilitara dicho proceder.

La uniformada trasladó entonces a la comisaría de San Martín al detenido, donde permaneció hasta la realización de la audiencia de control de detención, un día después.

El día de la audiencia de control, a las 8.57 horas aproximadamente, la titular de Comisaría de la Mujer de San Martín confeccionó un acta por la detención realizada el día anterior y la suscribió, insertando declaraciones como: “comienza a exigir que nos fuéramos del lugar ya que él no se notificaría de nada, a lo cual se le solicita que se tranquilice…, responde de manera negativa refiriendo que no firmaría ningún papel, y que no se iría, ya que esa era su casa…., yo no me voy a ir de acá y por su bien le recomiendo que se vayan o van a tener problemas… nuevamente le doy la orden que se retirara del lugar, haciendo caso omiso a la directiva impartida, para luego tomarme por sorpresa de ambos brazos (a la altura de las axilas) y con fuerza tirarme hacia atrás. Esto provoco que golpeara con mi cuerpo con la pared (sin revoque fino) logrando apoyarme con los codos para no perder el equilibrio, ante esta agresión, procedo de forma inmediata a la aprehensión, resistiéndose a la misma, llevando sus manos hacia arriba para evitar que se le colocaran las esposas de seguridad, luego se aferró a una silla por lo que utilizando la fuerza mínima se procedió a su demora (sic)…”.

La fiscal Bottini sostuvo que todo esto, que es un extracto de la extensa acta, no se condice con lo realmente ocurrido de acuerdo a lo que comprobó el Ministerio Público Fiscal.

Añadió la fiscal que, como resultado de este comportamiento, hizo incurrir en un error a un funcionario judicial y se procedió a detener de forma ilegal al damnificado de estos hechos.

Luego, para dar legalidad a dicho acto, la imputada habría dado la orden de suscribir el acta a los dos empleados policiales que la acompañaban. Ante “la falta de exactitud en lo allí insertado y considerando que era una orden ilegal”, estos “se negaron”, indicó Bottini.

Los hechos fueron calificados como constitutivos de detención ilegal, allanamiento ilegal en concurso ideal con abuso de autoridad, en concurso ideal con falsificación de documento público en calidad de autora.

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