En los considerandos se recuerda que la ley N° 11.672 autoriza a otorgar a los distritos "anticipos a cuenta de las respectivas participaciones en el producido de los Impuestos Nacionales sujetos a distribución o de los montos previstos en el Compromiso Federal".
Esos anticipos, añade la norma, "deberán ser reintegrados dentro del mes de su otorgamiento, mediante la retención del producido de los mismos impuestos coparticipados".
No obstante, el Gobierno "podrá ampliar dicho plazo de devolución, sin exceder el ejercicio fiscal en que se otorgue".
La primera provincia en recibir esta ayuda durante la actual administración nacional fue Buenos Aires, el 13 de enero pasado, por un monto de $3.500 millones.
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