El último sainete de la jueza Mariel Suárez fue con Ariel Almonacid

Franco Ariel Almonacid, quien por estos días es juzgado por intento de homicidio al haber embestido en dos ocasiones con su camión el auto de su ex pareja, había protagonizado hace un año y medio un sainete judicial junto a la jueza Mariel Suárez, que fue la primera que entendió en la causa ya que aún no había sido suspendida.

Luego de aquel violento episodio que se desarrolló en la esquina de las avenidas Constituyentes y Chile, el domingo 6 de febrero de 2022, curiosamente Franco Ariel Almonacid no había sido detenido. Esto ocurrió recién después de que se viralizara un video con su agresión y de que públicamente lo denunciaran su expareja y su nuevo compañero, víctimas que en estos momentos son parte del juicio como querellantes, representadas por el abogado Juan Manuel Irusta.

Tras su detención, el sábado 12 de febrero de 2022 Almonacid tuvo su primera audiencia de control, donde la jueza Mariel Suárez directamente le concedió la libertad tras imputarlo por un delito menor. Ello sería revisado por conjueces que decidieron que correspondía la detención del agresor.

Un mes después, el lunes 14 de marzo, la jueza volvió a concederle a Almonacid la prisión domiciliaria. Pero nuevamente un tribunal de revisión decidió lo opuesto.

Sin embargo, en una nueva audiencia de revisión de la prisión preventiva, celebrada el 15 de marzo, Almonacid volvió a obtener el beneficio del arresto domiciliario, aunque la jueza ordenó la colocación de una tobillera electrónica a los fines de controlar un eventual peligro de fuga.

Que haya habido ese día una nueva audiencia por Almonacid solo se justificó en el pedido de su abogado Guillermo Iglesias, quien alegó que los jueces de la revisión anterior habían definido que el peligro a cautelar era el entorpecimiento de la investigación. En consecuencia, requirió que se combinara la medida de arresto domiciliario con una orden de prohibición para que el imputado no estableciera contacto con las víctimas, mediante la utilización de redes sociales, correos electrónicos o vía telefónica.

A su turno, la fiscal María Laura Blanco consideró que el defensor no traía ningún elemento nuevo que variara la situación de su asistido. En esta línea de pensamiento, sostuvo que se trataba de una revisión de la revisión, lo que no está permitido por el Código Procesal Penal.

Pero una vez más Suárez hizo lugar a los pedidos del abogado defensor de Almonacid, aclarando que si bien aún no se contaba con la tobillera, esa situación no podía recaer en el procesado, por lo que el beneficio entró en vigencia inmediatamente.

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