Investigan un hecho de privación ilegítima de la libertad y vejaciones en Ricardo Rojas

El juez Daniel Pérez formalizó la investigación preparatoria de juicio contra los empleados policiales Gabriel Segundo Cayupul y Patricia Elizabeth Gajardo, como presuntos autores de los delitos de privación ilegítima de la libertad, vejaciones y abuso de autoridad. Los investigadores cuentan con plazo de tres meses para concluir las investigaciones. Asimismo, el magistrado estableció una orden de prohibición de contacto entre los procesados y la víctima.

Esta mañana en la sala de audiencia de la oficina judicial se desarrolló una audiencia en el marco de la denuncia contra dos agentes policiales de la localidad de Ricardo Rojas, la audiencia fue presidido por el juez Daniel Pérez. La fiscalía estuvo representada por la Procuradora Fiscal, Marisol Sandoval. En tanto los imputados, el Oficial Inspector Gabriel Cayupul y la agente de policía Patricia Gajardo, participaron mediante conexión telemática desde Alto Río Senguer y Ricardo Rojas, respectivamente.

Cabe señalar que los procesados recibieron la asistencia técnico legal del abogado particular Carlos Cerbino. Por otra parte, el abogado de la Defensa Pública, Gustavo Oyarzun se constituyó como parte querellante.

El relato de los hechos que figuran en la pieza de pedido de apertura de investigación estuvo a cargo de la Procuradora, indicó que el hecho que se investiga ocurrió el 30 de abril de 2020 en la comisaría de Ricardo Rojas.

En esa ocasión, la víctima se presentó en la dependencia con la intención de dialogar con el personal policial. En tanto, al llegar al lugar, detrás de ella arribó el móvil policial. De ese vehículo, descendió el jefe de la comisaría Gabriel Cayupul.

Luego de discutir con la denunciante, el oficial la tomó de su brazo derecho y por la fuerza, la ingresó a la dependencia policial. Finalmente, la arrojó en el baño de la comisaría. Asimismo, se informó que unos minutos más tarde, ingresó la agente Gajardo.

La mujer policía le indicó a la víctima debía desnudarse por completo. Según manifestó la empleada policial, el fundamento de su exigencia era en cumplimiento de órdenes de su jefe, a los fines de poder constatar si la mujer llevaba entre sus prendas algún arma de fuego o cuchillo. En este contexto, la Procuradora, sostuvo que la víctima le solicitó a la agente Gajardo, no quitarse su ropa interior, porque se encontraba con su período menstrual. Sin embargo, la empleada policial no accedió al pedido y le manifestó que debía cumplir con las directivas de su jefe.

Más tarde, Gajardo le ordenó a la víctima que se vistiera y la trasladó a la oficina del jefe de la comisaría. Allí, el Oficial Cayupul, volvió a insultar a la mujer detenida. A ello, se agregó que las autoridades policiales, en ningún momento, le informaron los motivos de su detención. Finalmente, permaneció retenida -de manera ilegal- por el plazo de dos horas aproximadamente, concluyó la Procuradora.

En cuanto, a las tareas de investigación, Sandoval peticionó al magistrado un plazo de seis meses. Con respecto a la calificación legal provisoria escogida, requirió que se investigue a los dos policías como presuntos autores de los delitos de privación ilegítima de la libertad por parte de un funcionario, en concurso real con vejaciones y abuso de autoridad.

Por otra parte, solicitó una orden judicial de prohibición de contacto -por toda vía- entre los imputados y la víctima.

Por su parte, el abogado Cerbino manifestó que un plazo de tres meses de investigación alcanzaría para concluir con esta etapa. En tanto, consideran que no estaría configurada la calificación jurídica del delito de privación ilegítima de la libertad.

En este marco, Oyarzun se presentó como patrocinante de la víctima y explicó las normativas legales que lo habilitan a ejercer este rol.

Así las cosas, el magistrado resolvió formalizar la investigación preparatoria de juicio contra los policías Gabriel Cayupul y Patricia Gajardo, en orden a los hechos relatados por la fiscalía y bajo la calificación legal provisoria escogida.

También hizo lugar al pedido de dictar una medida de protección, dictando una orden de prohibición de contacto por toda vía entre los imputados y la víctima. En tanto, estableció el período de tres meses como plazo de investigación.

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