Los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco y Horacio Rosatti rechazaron el pedido que el exprocurador de Chubut, Eduardo Samamé, realizó a la Corte Suprema de Justicia para que sea incorporado en su cargo y se le paguen los sueldos adeudados luego de su destitución en agosto de 2008.
Samamé había presentado su queja ante el máximo tribunal judicial de la Nación, luego de que en 2012 el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Chubut declaró nulo el juicio político que lo destituyó e inhabilitó 4 años para cargos públicos.
Es que el exjefe de fiscales de la provincia también había solicitado al STJ ser reincorporado en su cargo y el pago de sueldos, tal como luego reclamo a la Corte, pero el tribunal provincial rechazó el planteo.
Según publicó ayer diario Jornada, los ministros del máximo órgano judicial consideraron que “su responsabilidad política puesta en juego ante la sociedad quedó esclarecida y definitivamente resuelta con la intervención revisora del STJ al fracasar la acusación”.
De esa forma rechazaron su pedido por considerar además que su queja no tiene fundamento constitucional y que como pidió su jubilación, no demostró interés en recuperar su cargo.
OCHO AÑOS DESPUES
Samamé, que antes de ser Procurador fue diputado provincial por la Unión Cívica Radical y síndico del Banco Chubut, fue destituido el 20 de agosto 2008 mediante un juicio político, por el cual responsabilizó al exgobernador Mario Das Neves.
Once legisladores votaron en el debate: 6 del Partido Justicialista, 4 de Proyección Vecinal Chubutense y uno del Partido Acción Chubutense.
El exprocurador el 4 de septiembre impugnó el fallo del juicio político, pero en octubre, la resolución 1676 del Instituto de Seguridad Social y Seguros le otorgó la jubilación ordinaria ya que había iniciado su proceso de jubilación el 4 de marzo de 2008, algo que le falló en contra posteriormente.
Ante la Corte, el exdiputado consideró “arbitrario” que el proceso haya sido declarado nulo pero igual le hayan negado el regreso al cargo, ya que según su criterio, la reasunción debía ser un “efecto automático”.
Dijo que se afectó su derecho a defensa y calificó la decisión como “una situación de gravedad institucional ya que el STJ contrarió todas las decisiones tomadas en casos similares registrados en la historia de la provincia, llevando zozobra a la ciudadanía sobre la calidad de las instituciones políticas”.
Samamé también aseguró desconocer que el STJ había utilizado como prueba su pedido de jubilación. Sin embargo, la Corte no le creyó y argumentó que su queja no estaba bien fundamentada ni refutaba todo el caso. Así, coincidió con el máximo tribunal provincial, entendiendo que el beneficio de la jubilación, que el mismo había gestionado, tenía como condición el cese de toda actividad en relación de dependencia.