La modificación de la Carta Orgánica, otro debate pendiente en Comodoro

La Carta Orgánica Municipal habilita de modo implícito la posibilidad de una doble candidatura, al permitir que los postulantes a la intendencia sean también el primer candidato a concejal de la lista que encabezan. El planteo contradice toda la legislación superior vigente, tanto a nivel nacional como provincial y en las últimas elecciones hubo presentaciones legales en este marco. Hay un proyecto para modificar la norma.
La reforma de la Carta Orgánica Municipal (COM) fue uno de los debates pendientes que dejó el cierre del año electoral 2015. El blanco principal de cuestionamientos es el artículo que determina que los candidatos a la intendencia de la ciudad son también aspirantes a la primera banca en el Concejo Deliberante en las listas que encabezaron, una cláusula que colisiona con la legislación electoral más reciente que determinó que cada candidato puede serlo para un solo cargo. Fue solo de este modo que pudieron volver a ser legisladores locales el radical José Gaspar y el dasnevista Ricardo Gaitán, ampliamente derrotados el 25 de octubre por Carlos Linares en la disputa por la Intendencia.
Esta última norma, de injerencia tanto nacional como provincial, abarca sin embargo solo a la instancia de Primarias Abiertas, y es en ese marco que el Tribunal Electoral Municipal (TEM) decidió no dar lugar a los reclamos que en el sentido de ilegalidad del artículo de la COM se había planteado en la interna de Cambiemos, aunque hay que señalar que más allá de esta resolución el cuestionamiento también se había dado en el seno de Chubut Somos Todos (ChST), aunque con una metodología que abre otras puertas al debate.
Es que con la interna abierta en ese espacio político, concretamente entre Gaitán y el ex concejal Darío Espinosa, fue que se presentó un proyecto de ordenanza para reformular la Carta Orgánica, una iniciativa que conserva el estado parlamentario en el Concejo Deliberante local, que deberá definir en lo inmediato si adapta Comodoro a las legislaciones electorales contemporáneas, o continúa reservando la banca para quien no integraba la lista legislativa.
HACEN FALTA
CONVENCIONALES
El proyecto concreto que obra en la comisión N° 1 del Concejo, la de Legislación General que hasta diciembre presidía Gaspar, había sido presentado a 20 días de las elecciones generales del 25 de octubre, con la clara convicción de que no sería tratado entonces por una cuestión de plazos: para modificar la Carta Orgánica hay que designar -mediante votación popular- a los convencionales.
La primera modificación sugerida -por la que varios partidos que conformaron frentes electorales o alianza debieron promover sus acuerdos internos para determinar si se hacía uso o no de tal posibilidad– pretende anular el hecho de que los candidatos a la intendencia sean a la vez el primer postulante a concejal de su lista, tal como está establecido desde la elección de 1999, cuando Néstor Di Pierro perdió la elección a intendente con el radical Jorge Aubía y ocupó una banca en el Concejo, aunque solo por dos años, ya que renunciaría con el argumento de que era poco y nada lo que podía hacer desde allí en plena crisis de 2001.
El artículo en cuestión es concretamente el 134 de la COM y según el fundamento del proyecto de Espinosa, "el Poder Ejecutivo Municipal y el Concejo Deliberante son cuerpos diferenciados y el artículo 134 de la Carta Orgánica Municipal se convierte en la herramienta para violar la división de poderes y la periodicidad de los cargos donde el artículo 60 estipula que los concejales (...) pueden ser reelectos por una vez consecutiva y debe pasar un período completo para una nueva elección".
Espinosa también proponía modificar las cuestiones vinculadas con los cupos femeninos previstos en el artículo 135, que establece los máximos y proporción por género en hasta un 70% de candidatos de un mismo sexo, mientras que ahora debería ser de un candidato de distinto sexo cada dos lugares.
Del mismo modo, se propone la igualdad de oportunidades donde no debe construirse una sociedad desde las diferencias, sino desde el consenso, sin discriminación de género.
"Es tiempo de marcar un cambio en la sociedad de tipo patriarcal, con la sana intención de optimizar los espacios de participación ciudadana, en los que el sexo no sea el condicionante para ser un representante popular, ya que quien debe tomar la responsabilidad de designar a sus representantes más calificados debe ser el elector, que es el único soberano", plantea el proyecto que promueve en cambio que el artículo determine que "la lista de candidatos a Concejales, Convencionales y Miembros del Tribunal de Cuentas no pueden superar el cincuenta por ciento (50%) de candidatos de un mismo sexo".

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