El acuerdo de juicio abreviado al que arribó el fiscal general Martín Cárcamo con el imputado y la defensora pública Viviana Barillari, fue presentado el martes ante el tribunal que presidió el juez penal Jorge Odorisio y que se completó con sus pares Alejandro Soñis y Martín Cosmaro.
El caso involucra al padre de la víctima y ocurrió entre 1997 y 2002, cuando la perjudicada era menor de edad.
El delito fue calificado como abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado por haber sido cometido por un ascendiente y contra una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma, cometido bajo la modalidad de delito continuado.
Esa calificación se mantuvo desde la apertura de la investigación y para arribar al acuerdo no fue necesario modificarla en beneficio del acusado. Esto fue algo que motivó a la víctima a prestar el consentimiento para el acuerdo, siempre acompañada por profesionales del Servicio de Asistencia a la Víctima de Delito.
En su exposición ante el tribunal, el fiscal solicitó que la homologación del acuerdo de juicio abreviado y señaló que los hechos investigados ocurrieron en fechas indeterminadas entre 5 de abril de 1997 y mayo de 2002, ocasiones en las que el imputado abusó sexualmente de su hija aprovechando que su madre no se encontraba en la habitación.
La menor no contó lo ocurrido a su madre porque el imputado la mantenía amenazada con no enviarla más al colegio si ella llegaba a contar el secreto que ambos tenían.
A su turno, el presidente del tribunal pasó a consultarle al acusado si entendía los alcances del acuerdo y este respondió de manera afirmativa, agregando que estaba dispuesto a aceptar los ocho años de prisión de cumplimiento efectivo tras reconocerse responsable de los delitos por los cuales llegó a esta instancia judicial.
Además, el ahora condenado aceptó someterse a un tratamiento psicológico mientras dure la pena, previo dictamen de la psicóloga forense que acredite su necesidad y eficacia.
La víctima prestó su conformidad para el acuerdo y tras el período de deliberación el tribunal confirmó la homologación del acuerdo de juicio abreviado, condenándolo a la pena de 8 años de prisión.