Los artículos de la condena

Es válido transcribir los términos de los artículos más relevantes que se mencionaron al momento de condenar a Nahir Quinteros a 12 años de prisión. Ellos corresponden al Código Penal de la Nación y a la Ley de Ejecución de Pena, 24.660.
El artículo 1 de la Ley 24.660 dice que "la ejecución de la pena privativa de libertad, en todas sus modalidades, tiene por finalidad lograr que el condenado adquiera la capacidad de comprender y respetar la ley procurando su adecuada reinserción social, promoviendo la comprensión y el apoyo de la sociedad".
El artículo 80, inciso 2 del Código Penal, señala que "se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52 al que matare: con ensañamiento, alevosía, veneno u otro procedimiento insidioso".
El artículo 42 del Código Penal expresa: "el que con el fin de cometer un delito determinado comienza su ejecución, pero no lo consuma por circunstancias ajenas a su voluntad, sufrirá las penas determinadas en el artículo 44".
El artículo 44 dice que "la pena que correspondería al agente, si hubiere consumado el delito, se disminuirá de un tercio a la mitad. Si la pena fuere de reclusión perpetua, la pena de la tentativa será reclusión de quince a veinte años. Si la pena fuese de prisión perpetua, la de tentativa será prisión de diez a quince años".
Por último, el artículo 52 se refiere a la reclusión e indica que "se impondrá reclusión por tiempo indeterminado como accesoria de la última condena, cuando la reincidencia fuere múltiple en forma tal que mediaren las siguientes penas anteriores: 1) Cuatro penas privativas de libertad, siendo una de ellas mayor de tres años. 2) Cinco penas privativas de libertad, de tres años o menores".

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