1- Establecer apertura de paritarias a partir del 18 de junio de este año en los términos y alcances de la ley X N° 39.
2- Otorgar un aumento de $ 1000 remunerativos no bonificables a cuenta de futuros aumentos para todo el personal de las plantas transitoria, temporaria, y permanente de la administración pública provincial centralizada, entidades descentralizadas y entes autárquicos que perciba una remuneración neta bruta de hasta $ 30 mil, a partir de los haberes correspondientes al mes de julio.
3- Todo el personal contratado por la administración pública provincial que cumpla 6 horas diarias de labor, no podrá percibir una remuneración inferior a $ 11.500 a partir de junio.
4- Pase a planta transitoria o planta mensualizada según corresponda en forma gradual del personal que se desempeña bajo la modalidad de contratado/monotributista con tareas asimilables a las administrativas, con 6 horas de labor, de acuerdo a disponibilidad de cargos y presupuestaria de cada jurisdicción.
5- Implementación del Transporte Educativo Gratuito a partir del 18 de junio, conforme disposiciones de la ley VIII N° 114.
6- Restablecer a partir 1 de julio, la tarifa subsidiada por el estado provincial del 50% en el pago del boleto del transporte público de pasajeros para los empleados públicos provinciales.
7- Implementar a través del Banco del Chubut la devolución de los intereses que hubiera percibido por el pago fuera de término producto de la percepción de los haberes en forma escalonada. Ello a partir del mes marzo 2018.
8- Instrumentar a través del Banco del Chubut la devolución de los intereses que hubiera percibido por pago fuera de término de cuotas de los préstamos, en virtud del pago escalonado. A tales efectos cada agente deberá realizar el trámite pertinente ante institución bancaria.
9- Derogación de los decretos 184/18 y 1338/17 que cesaba la relación laboral de contratados por el Estado provincial.