Tras siete años detenido podría modificarse la prisión perpetua que recibió Rodrigo Delgado

La prisión perpetua que recibió Rodrigo Delgado durante el primer juicio que se realizó en 2013 por el homicidio del dueño de la distribuidora LOA, José Luis García, podría modificarse por una pena mucho menor. Esa posibilidad fue habilitada recientemente por el pleno del Superior Tribunal de Justicia, quien hizo lugar a la revisión solicitada por la defensa. Ordenó que un nuevo tribunal analice cuál es la calificación jurídica y el monto de la pena que corresponde aplicarle. En octubre de 2016 la Corte Provincial confirmó la condena contra el autor del homicidio, Luis Bravo Orderique.

El pleno del Superior Tribunal de Justicia de Chubut, presidido por el ministro Mario Luis Vivas e integrado con el ministro Miguel Angel Donnet y los subrogantes legales Raúl Adrián Vergara, Aldo Luis De Cunto, Natalia Isabel Spoturno y Marcelo Peral, declaró procedente el recurso de revisión interpuesto por la defensa de Rodrigo Alejandro Delgado, quien en 2013 fue condenado a prisión perpetua por la participación que prestó en el robo que terminó con el homicidio de su antiguo empleador, José Luis García, ocurrido el 13 de enero de 2012.

Según se informó ayer desde el Superior Tribunal, Delgado solicitó la revisión de la pena por entender que existían dos sentencias penales incompatibles. En el primer proceso, él fue condenado a prisión perpetua en orden al delito de homicidio agravado por conexidad en carácter de coautor, mientras que en un juicio posterior, que se siguió contra el imputado Luis Bravo Orderique, se fijó que la voluntad de matar a García le correspondió en forma exclusiva a este último, quien en un rapto unilateral decidió disparar y herir de muerte al comerciante.

En el pedido que realizó la Defensa Pública se indicó que en la sentencia contra Bravo Orderique quedó plasmado que el homicidio de García no estaba dentro del plan del robo que habían pergeñado los restantes intervinientes en el delito.

En el primer proceso los jueces también impusieron un tratamiento tutelar a otro de los acusados que era menor de edad al momento del crimen, quien luego fue asesinado en Bahía Blanca, mientras que un tercer implicado, Pablo Barreto, resultó absuelto en segunda instancia.

El último consorte de causa, Luis Alejandro Bravo Orderique, se encontraba prófugo a la fecha de realización del primer debate, pero luego de ser capturado en una villa de Buenos Aires fue trasladado a Comodoro Rivadavia y condenado como autor del homicidio criminis causa –cometer un asesinato para ocultar otro delito-, sentencia que fue confirmada por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia en octubre de 2016.

A todo esto, los jueces del alto cuerpo tuvieron en cuenta las calificaciones propuestas por el propio Ministerio Público Fiscal en el segundo juicio, donde ubicaron a Bravo Orderique como único responsable de decidir y ejecutar la muerte de García, en el contexto de un delito contra la propiedad intentado contra el dueño de la distribuidora LOA.

DELGADO APORTO LA INTELIGENCIA

Lo que sí quedó establecido fue que Delgado suministró la información necesaria para cometer el robo, pues había sido empleado de la distribuidora y conocía los movimientos del propietario José Luis García al final de cada día laboral. Fue él quien llevó a cabo la inteligencia previa al intento de robo, ya que en la tarde anterior y en un horario cercano al cierre, circuló varias veces en su auto frente al comercio, con la finalidad de verificar los movimientos de rutina. Mientras dos de los integrantes del grupo perpetraban el asalto, Delgado los esperó dentro de su vehículo y emprendió el escape a alta velocidad.

De todas maneras los ministros del Superior Tribunal argumentaron que la responsabilidad que se le adjudicó a Bravo Orderique en la muerte de García desplazó cualquier tipo de responsabilidad de Delgado, en carácter de coautor del homicidio y afirmaron que la decisión de matar a García le correspondió en forma exclusiva a Bravo Orderique. También explicaron que los coautores se pusieron de acuerdo en el plan delictivo del robo, pero no del homicidio.

En consecuencia, señalaron que la sentencia dictada a Bravo Orderique en el segundo juicio fijó un nuevo escenario de hechos incompatible con los establecidos con relación a Delgado, lo cual tornó admisible la revisión.

En virtud de ello se declaró procedente el recurso de revisión interpuesto, se anuló parcialmente la sentencia en lo atinente al encuadramiento jurídico que se le aplicó a Delgado y se dispuso el reenvío de la causa para que un nuevo tribunal debata nuevamente la calificación legal y la sanción penal que le corresponde.

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