El defensor presentó un Informe social positivo y solicitó el arresto domiciliario de su asistido; en contraposición el representante de fiscalía se opuso y pidió se mantenga la prisión preventiva del imputado por tres meses. Finalmente, el juez penal resolvió morigerar la prisión preventiva del imputado por su arresto domiciliario.
Presidió el control Miguel Caviglia, juez penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Julio Puentes, fiscal general y Franco Tavano, abogado de fiscalía; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Daniel Fuentes, abogado particular del mismo.
En un primer momento el defensor expresó que con el avance de la investigación hay elementos para sustituir la medida, ha mejorado la situación de Carriman. Uno es el informe forense sobre lesiones de defensa o arrastre que no posee, otro el dermonitrotest negativo a su pupilo. La rueda de reconocimiento que no fue categórica ya que el testigo de identidad reservada no estaba en condiciones de reconocer y la defensora anterior hizo reserva que el reconocimiento estaba viciado de nulidad. Por último, se refirió a un Informe socio-ambiental positivo, por todo lo cual solicitó el arresto domiciliario de Carriman.
En contraposición el representante de fiscalía solicitó se mantenga la prisión preventiva que cumple Carriman por tres meses en virtud de la existencia de elementos de convicción para tenerlo como probable autor o partícipe del delito investigado. Existe un testigo de identidad reservada que indica que Carriman es el autor del homicidio. Asimismo, subsisten los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Peligro de fuga por la pena en espera, con un mínimo de 10 años y 8 meses de prisión en caso de recaer condena y por las características graves del hecho. Peligro de entorpecimiento ya que se atentó contra el único testigo presente en el hecho, además el imputado vio al testigo, es decir conoce su rostro. Agregando que dichos peligros procesales no se pueden neutralizar con el arresto domiciliario. Solicitando se mantenga la prisión preventiva que cumple el imputado por tres meses.
Seguidamente el juez penal resolvió mantener la medida de coerción sobre Carriman, pero en arresto domiciliario, calificando como razonable la propuesta del defensor. Expresando que “tiene más dudas que certezas sobre la autoría” del imputado en el hecho. Teniendo en consideración que el imputado no presenta lesiones ni se le secuestró armas y el contexto de violencia en el que se desarrolla donde la queman la casa al imputado y a un testigo.
Impugnación ante dos jueces de Esquel:
El fiscal planteó impugnación de la decisión del juez actuante y ayer viernes se concretó dicha audiencia semipresencial ante los jueces de Esquel Jorge Novarino y José Ennes, quienes confirmaron el arresto domiciliario, con rondines policiales dispuesto por el juez natural de la causa.
El homicidio de Isaías Jaramillo:
El hecho a investigado acontece el pasado 1° de septiembre, a las 0.00 hs., en circunstancias que el imputado Carriman se hace presente en el domicilio de la víctima, Jaramillo, en zona de quintas del barrio San Martín, apuntándole con un arma de fuego al cuello le refiere, “vos me robaste”. Se produce un forcejeo entre ambos y caen al piso. Al levantarse Carriman efectúa a corta distancia tres disparos de arma de fuego en contra de Jaramillo y luego dispara contra el testigo ocular del hecho, sin alcanzarlo, con el fin de no ser reconocido y para garantizar su impunidad. Para finalmente huir del lugar. Por su parte la víctima es trasladada en un automóvil particular al Hospital Regional donde pierde la vida como consecuencia de las heridas de arma de fuego sufridas.