En los tribunales penales de Comodoro Rivadavia se desarrolló ayer una audiencia de revisión de la prisión preventiva que viene cumpliendo Nelson Aguilante, quien se encuentra condenado por el femicidio de Débora Martínez, ocurrido el 26 de enero de 2017 en el barrio Próspero Palazzo. La revisión de la prisión preventiva es un trámite obligatorio en los casos de aquellos condenados que todavía no tienen sentencia firme.
La audiencia fue presidida por los jueces penales Gladys Olavarría y Miguel Caviglia. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por la funcionaria fiscal Natalia Gómez. Y la defensa de Aguilante fue ejercida por el defensor público Esteban Mantecón.
La funcionaria de fiscalía solicitó que se mantenga la prisión preventiva del imputado hasta que la sentencia condenatoria quede firme. Mientras, el defensor requirió el arresto domiciliario de su representado. Finalmente los jueces penales resolvieron mantener la prisión preventiva que cumple Aguilante hasta que se fije nueva audiencia, dentro de seis meses, o que se expida el Superior Tribunal de Justicia provincial, lo que ocurra primero.
En un primer momento la funcionaria de fiscalía recordó que Aguilante fue condenado en primera instancia a la pena de prisión perpetua. Luego se produjo la confirmación de dicha condena por parte de la Cámara Penal local, estableciéndose así el doble conforme.
Sin embargo, el defensor impugnó dicha resolución ante el Superior Tribunal de Justicia de Chubut y a su vez la causa fue elevada a esa instancia judicial en consulta, por el monto de pena que supera los 10 años de prisión.
Teniendo en cuenta la condena de primera instancia, con el doble conforme, la funcionaria fiscal solicitó al tribunal que se mantenga la prisión preventiva de Aguilante, sobre la base del carácter de la condena y por la existencia del peligro de fuga. Solicitó que la medida se extienda hasta que se resuelva la queja y la consulta, o bien hasta que quede firme la sentencia condenatoria en su contra.
RECURSO DE QUEJA
El defensor aseguró que el 14 de agosto presentó un recurso de queja ante el Superior Tribunal de Justicia por denegación de recurso extraordinario. “El único argumento que tiene la acusadora pública para pedir el mantenimiento de la medida de coerción sobre mi defendido es el doble conforme”, aseguró el defensor, “pero lo cierto es que no se ha probado el peligro de fuga”, fundamentó.
Mantecón señaló que todavía existe la presunción de inocencia ya que no se ha declarado culpable en forme definitiva a Aguilante. Mencionó que la Corte Interamericana se opone al encierro preventivo, ya que el mismo se traduce en un adelantamiento de pena. Bajo esos fundamentos, solicitó el arresto domiciliario de Aguilante hasta que se expida el Superior Tribunal de Justicia.
Finalmente los jueces penales resolvieron mantener la medida de prisión preventiva sobre el imputado ante el trámite de la causa, que se encuentra en consulta y queja, conjuntamente, a resolver ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia que ha fijado audiencia para el 30 de este mes.
La condena más grave del Código Penal establecida para el caso, prisión perpetua, y el doble conforme de seis jueces se expidieron sobre la autoría de Aguilante en el mismo, recordó el tribunal.
Los magistrados señalaron que se acrecienta el peligro de fuga ya que son varios los estamentos que confirmaron la sentencia de primera instancia, por lo cual resolvieron mantener la medida privativa de la libertad sobre Aguilante hasta que se fije nueva audiencia en seis meses, o bien se expida el Superior Tribunal de Justicia, lo que suceda primero.