El área de Ejecución Penal del Ministerio Publico Fiscal de Comodoro Rivadavia no descansa durante este receso judicial, debido a que en forma diaria se realizan entre dos y tres audiencias de ejecución de pena, es decir, se analizan distintas situaciones referidas a los condenados por cualquier tipo de delito.
Un caso relevante en el que intervinieron cuatro jueces penales fue el pedido de las salidas transitorias de Blas Alejandro Montiel, quien en abril del año pasado fue condenado durante un juicio abreviado a la pena de 4 años y 4 meses de prisión efectiva por los delitos de robo agravado por ser cometido con arma de fuego en grado de tentativa, en concurso real, con amenazas.
La mañana del 9 de marzo de 2021, Montiel y otro sujeto iban a bordo de un VW Bora por las cercanías del Cementerio Oeste. En un momento, amenazó con un arma de fuego a su acompañante y este detuvo la marcha del vehículo para correr en busca de resguardo. Detrás suyo, Montiel efectuó al menos dos disparos que no lo hirieron.
En esas circunstancias, la víctima ingresó a la feria “S y M”, ubicada en la avenida Juan XXIII casi Malvinas, y le entrego dinero y su celular a Montiel. Luego, el condenado amenazó a la empleada del comercio, a quien apuntándole con el arma le dijo: “dame la plata, apúrate”. Se alzó con dinero y después escapó, pero fue detenido por la policía en las cercanías.
SIN BENEFICIOS
Montiel, quien ya estaba involucrado en otros delitos, cumplió prisión preventiva y finalmente en abril de ese año, la jueza Mariel Suárez lo condenó a 4 años y 4 meses de prisión efectiva.
En ese marco, Montiel ya cumplió la mitad de la condena cumplida y las defensoras oficiales, Vanesa Vera y Juliana Fuentes, pidieron la semana pasada la salida transitoria para su cliente y la inconstitucionalidad del artículo 56 bis de la Ley de Ejecución Penal 24.660, que incorporó hace pocos años, categorías y un régimen de salidas transitorias de delitos según la gravedad del delito cometido.
La funcionaria fiscal Gabriela Gómez se opuso al pedido y argumentó que en el caso de Montiel no se cumplen todas las condiciones legales para acceder a dicho beneficio carcelario. Entonces, el juez Jorge Odorisio pasó a un cuarto intermedio y rechazó la solicitud defensiva.
Las defensoras púbicas impugnaron la decisión de Odorisio y pidieron la revisión del pedido ante tres jueces. La audiencia se desarrolló este lunes en la Oficina Judicial y el tribunal colegiado estuvo integrado por los jueces Mariano Nicosia, Carlos Ariel Tedesco y Alejandro Rosales, este último de la circunscripción judicial de Sarmiento.
Las defensoras plantearon el mismo pedido de las salidas transitorias para Montiel y la inconstitucionalidad del mencionado artículo porque “se violaba la garantía ante la ley”, indicaron las fuentes judiciales a El Patagónico.
La representante fiscal volvió a rechazar la solicitud de las defensoras y los jueces –por unanimidad- fallaron en coincidencia con la postura de Gómez porque la Ley de Ejecución Penal tiene un régimen carcelario distinto según el delito cometido.
Entonces, el robo armado está contemplado dentro de la categoría de los delitos graves y por lo tanto Montiel no puede en este periodo de su condena acceder a las salidas transitorias.
La decisión de los magistrados fija una posición más severa para los condenados que quieren por derechos acceder a los beneficios carcelarios, pero que no atenta contra la progresividad de la pena, la constitucionalidad y de la ley vigente, analizaron las mismas fuentes oficiales.