Condenado por "ocultar" su homosexualidad a su mujer mientras estuvo casado

La sentencia declaró la nulidad civil del matrimonio e impuso un resarcimiento de 3.000 euros por parte del demandado, Javier Villalta, a su excónyuge. El abogado y activista de los derechos humanos español, Vilalta, anuncia que ya prepara con su defensa el recurso de apelación contra la decisión judicial que califica de "terrible". La Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Trans y Bisexuales (FELGTB) de España considera a la sentencia como "bifóbica".

Un hombre fue condenado por “ocultar deliberadamente” a su esposa que había tenido relaciones homosexuales durante los cinco años que duró la relación entre ambos, tres de ellos de matrimonio. La sentencia de la magistrada del juzgado de primera instancia número 9 de Valencia dictaminó que el abogado y activista de los derechos humanos, Javier Vilalta, deberá resarcir a su exesposa con 3.000 euros, al tiempo que declaró la nulidad civil del matrimonio.

Según el fallo, dado a conocer por el diario El País de España, no se ha acreditado que la demandante “sufriera un rechazo social, ni mucho menos un perjuicio laboral”. La sentencia parte de que “el desengaño personal no es resarcible económicamente” por lo que “la compensación debe reducirse a la cantidad de 1.000 euros por cada uno de los tres años que duró el matrimonio”.

Aunque la exesposa del abogado a valenciano había solicitado una compensación moral de 10.000 euros, la magistrada considera que el "desengaño personal no es resarcible económicamente", por tanto, con una estimación parcial de la demanda establece que la indemnización "debe reducirse a la cantidad de 1.000 euros por cada uno de los tres años que duró el matrimonio".

Vilalta desmiente las acusaciones: "me casé enamorado y llevé una vida totalmente heterosexual en mi matrimonio y con posterioridad también; nunca engañé a mi mujer ocultando mi sexualidad", la magistrada considera que "hubo ocultación a la que iba a ser su esposa de la relación y práctica homosexual previas al matrimonio" porque el testimonio de un amigo común de la pareja había confirmado con "contundencia y coherencia" que "antes, durante y después" había mantenido relaciones sexuales con otro hombre.

En la propia decisión de la juez se establece que en 2016 el hombre comunicó a su exesposa, "con quien mantenía una buena relación, su condición de homosexual" y ella "le apoyó, según manifiesta, en la creencia de que tal orientación sexual había aflorado con posterioridad al matrimonio".

El letrado se separó hace una década. “Hace unos cuatro años le expliqué a mi ex mujer que tenía una pareja, un chico. Quedamos a cenar y se lo conté todo. Ella me dijo que estaba encantada con mi compañero. Hasta su familia me quiso invitar a cenar”. Javier confiesa que siempre se ha llevado “muy bien” con su expareja; de ahí que no entienda por qué en estos momentos le hace “vivir este calvario”. “Mi mujer lo sabía, se lo había dicho. No hay ningún dolo ni ninguna mala fe”, reitera.

En los fundamentos de derecho la juez alude a una sentencia de la Audiencia de Barcelona que sostiene que el error en la identidad de la persona o de determinadas cualidades personales tiene alcance anulatorio cuando, "no solo desde la perspectiva subjetiva, sino también desde la objetiva, es razonable entender que, de haber sido conocida por el otro contrayente, no hubiera prestado su consentimiento matrimonial".

“SENTENCIA BIFÓBICA”

La Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Trans y Bisexuales (FELGTB) considera reaccionaria la sentencia judicial que obliga a pagar a Vilalta por, “haber ocultado” su orientación sexual a su exesposa.

La presidenta de FELGTB, Uge Sangil, denuncia que “se ha juzgado públicamente la orientación sexual de una persona. Esto es ya en sí mismo constituye un acto inconstitucional. Además, la sentencia lanza el mensaje de que cualquiera que tenga una vida sexual fuera de la normatividad puede ser juzgado y condenado”.

FELGTB pone de manifiesto el desconocimiento en relación a las realidades LGTBI de los jueces que han llevado el caso. Y es que, pese a que el acusado se ha declarado abiertamente bisexual, la sentencia habla de homosexualidad. Asimismo, se basa en el hecho de que Vilalta había mantenido relaciones con personas de su mismo género antes de su matrimonio con una mujer, de manera que su relación con ella, no podía ser sincera. “Se trata de una sentencia bifóbica que niega la existencia de la bisexualidad. Ni siquiera la considera una opción”, explica Sangil.

La presidenta recuerda la importancia de la aprobación urgente de la Ley Integral Trans y de Igualdad Social y No Discriminación de las personas LGTBI para garantizar la formación de la judicatura en material LGTBI y que se eviten sentencias motivadas por el desconocimiento.

Sangil alerta de que esta resolución abre la posibilidad de “volver a fiscalizar el comportamiento sexual previo y posterior de las personas implicadas para motivar los divorcios”. En este sentido, la presidenta declara que “estamos ante una sentencia más religiosa que civil que considera la orientación sexual no normativa como fuente de sanción legal”. “Sienta un precedente que atenta contra los derechos de las personas LGTBI y también de las heterosexuales, ya que posibilita la entrada del sistema judicial a ámbitos privados de una forma intolerable”, asegura.

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