El tribunal llegó a una decisión unánime en cuanto a la pena a imponer y a las circunstancias atenuantes y agravantes que están dadas por la extensión del daño causado a la menor "que tendrá que soportar el irremediable dolor por la pérdida de su figura paterna y conocer que en la trágica muerte resulta involucrada su madre participando en la ejecución que realizó por manos propias su pareja", se indicó en la lectura.
Asimismo, indicaron que se constató que el propósito de la acusada tendió siempre a lo que ella pudo entender como un resguardo para su hija, aunque ello no justifica ni exculpa su conducta "pero se ve neutralizada la posibilidad de que se considere su obrar como conscientemente ideado por un móvil perverso, entonces se considera que no existe posibilidad de imputarlo como un incremento" en la condena.
Finalmente se confirmó que el próximo viernes 21 de octubre a las 13 horas, se llevará a cabo la audiencia para la lectura integral de los fundamentos de la sentencia.
Presidió el acto Mariano Nicosia, quién junto a Jorge Odorisio y Daniela Arcuri integraron el tribunal de debate; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Adrián Cabral, fiscal general; la querella en representación de Carolina Gaya y los padres de la Víctima presentes en la sala fue ejercida por Sergio Romero. La defensa de Kesen y fue ejercida por Guillermo Iglesias y la de Solís por Lucía Pettinari, abogado particular y defensora pública respectivamente. También se hizo presente dos profesionales del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito.