Los jueces del tribunal de la Cámara Penal de Comodoro Rivadavia, Guillermo Müller, Martín Montenovo y Daniel Pintos, tuvieron a su cargo el tratamiento de la impugnación de sentencia que presentó la Defensa Pública que asistió a Miguel Angel Pallalaf, sobre lo cual informó en exclusiva El Patagónico en su edición del jueves 9.
En esa ocasión se solicitó la absolución con el fundamento aportado por la pericia psicológica, la cual indicó en uno de sus fragmentos que el imputado "no se puede motivar en la norma".
Además, la defensa atacó la prueba que se ventiló en el juicio y sobre esta reconoció que aportó indicios pero advirtió que "no se valoraron contra indicios", es decir por su "incapacidad de culpabilidad".
Tal como lo informó este diario, la impugnante destacó que en el cordón que la víctima tenía atado al cuello, el cual le dio muerte, se encontró ADN de dos personas y no se pudo determinar si fue Pallalaf quien provocó la muerte. En cambio, en la manija de la bolsa que llevaba la víctima, también se encontró ADN de dos personas y esa duda fue la que permitió absolver a Pallalaf del delito de rapto. Así lo evaluó la defensa a través de sus expresiones frente al tribunal.
A ello se agregó que el certificado de defunción afirma que el deceso se produjo el 15 de setiembre de 2013 a las 8 de la mañana, siendo que la criatura fue captada sobre las 21 de la noche anterior, en el interior de la sucursal que La Anónima tiene en el barrio 30 de Octubre.
A Pallalaf se lo condenó el 15 de abril a la pena de prisión perpetua, luego de haber sido declarado coautor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal en concurso real con homicidio criminis causa y en esa oportunidad se lo absolvió por el delito de rapto que formó parte de la acusación fiscal. Fue por entenderse que hubo "orfandad probatoria" respecto a ese delito específico.
En la audiencia de impugnación que se celebró el miércoles de la semana pasada en la Oficina Judicial de Comodoro Rivadavia, la fiscal general Camila Banfi le pidió a los jueces de la Cámara Penal que confirmen en todos sus términos el fallo de primera instancia, el cual se llevó a cabo con el tribunal que integraron Mariano Nicosia, Hugo Juárez y Miguel Caviglia. Ese tribunal de grado, además, declaró la inconstitucionalidad de los artículos 13, 14 y 52 del Código Penal, los cuales -en resumen- prolongan las posibilidades de acceder a la libertad.
PENA RATIFICADA
Los jueces de segunda instancia dictaron un cuarto intermedio hasta ayer y El Patagónico fue el único medio que estuvo presente en la sala. Allí, el presidente del tribunal, Guillermo Müller, secundado por Martín Montenovo, dio lectura a la parte resolutiva de la sentencia ante los oídos atentos de la mamá y el abuelo de la víctima.
La misma señala: "por unanimidad este tribunal no hace lugar a la impugnación de la defensa y confirma la sentencia condenatoria a prisión perpetua" que recayera sobre Miguel Angel Pallalaf, condenado por el delito de abuso sexual con acceso carnal en concurso real con homicidio criminis causa -cometer un homicidio para ocultar otro delito-, por el hecho ocurrido el 14 de setiembre de 2013 y que tuviera como víctima a Yasmin Chacoma.
Al igual que la semana pasada, tampoco ayer estuvo presente el condenado en la sala y prefirió que se le haga saber el resultado en su lugar de detención, la alcaidía de Trelew.
El fallo, que acaba de obtener el doble conforme, ahora debe pasar por el examen obligatorio de la Sala Penal, tarea que se lleva a cabo con todas las sentencias cuyas condenas superan los diez años de prisión.