Los comerciantes de pirotecnia esperan conocer hoy la suerte de la apelación que presentaron anoche para poder vender fuegos artificiales en lo poco que resta de 2017. Con el patrocinio del abogado Martín Galíndez, efectuaron esa apelación después que el juez Eduardo Rolinho rechazara el planteo que presentaron en horas de la mañana solicitando que se declarara inconstitucional la ordenanda de Pirotecnia Cero.
Los comerciantes se jugaron ayer la última posibilidad con la que cuentan, tras su fracaso en la Justicia Federal, para revertir la prohibición de venta y uso de pirotecnia que se impuso en la ordenanza que el Concejo Deliberante aprobó el 11 de diciembre y que fue promulgada el último martes por el intendente Carlos Linares.
Luego de recibir el jueves por la tarde la negativa de la Justicia Federal para tratar el tema, el abogado Martín Galíndez presentó ayer temprano, en el Juzgado de Ejecución número 2 que conduce Eduardo Rolinho, una acción de amparo para que se permita a los comerciantes vender su mercadería en las horas previas al Año Nuevo, pero el planteo fue rechazado.
AMPARO CONTRARRELOJ
“Lo que pretendemos, en base al perjuicio que están sufriendo nuestros clientes, es que se establezca el amparo para que puedan ejercer libremente su actividad. Luego, con el tiempo que se necesite, la Justicia puede resolver el tema del fondo, que es la inconstitucionalidad de la norma”, indicó Galíndez a Radio Del Mar horas antes de que se conociera el fallo de Rolinho.
Por el poco tiempo que existe, entre la presentación y la fecha tope para vender los productos, el recurso de amparo fue acompañado por un pedido de urgencia, que motivó que en el juzgado ayer se trabajara hasta tarde en el tema y lo mismo ocurriría con la apelación presentada ante la Cámara, cuyo tribunal resolvería hoy al respecto.
“Nosotros estamos atacando, en base al perjuicio que sufren los comerciantes de manera injusta y sin tiempo casi de apelación, la ordenanza del 11 de diciembre. La anterior realmente es un avance comunitario, porque no está mal regular la venta y prohibir determinados artículos de pirotecnia. Lo que no se puede hacer es prohibir por completo, porque existe una legislación nacional en contrario”, agregó el abogado.
Otro de los puntos del recurso de amparo, tal vez el central, es que los comerciantes fueron habilitados inicialmente por el propio municipio, para vender determinado tipo de elementos de estruendos que aseguran que compraron luego de la reglamentación del 27 de noviembre y que ahora están imposibilitados de vender.
En el municipio, mientras los comerciantes seguían esperando el fallo judicial, ayer se ratificó que salvo que se emita una autorización judicial, no se permitirá la venta y en caso de detectarse merecerá decomisos de mercadería y multas. Por esa razón, ayer se acentuaron los controles.