Menna es el único chubutense en la Comisión Bicameral que analiza los DNU

El diputado nacional Gustavo Menna resaltó ayer la "importante discusión" que el martes se dio en la Comisión Bicameral del Congreso de la Nación en torno al Decreto de Necesidad y Urgencia que impulsó Mauricio Macri apenas el Congreso concluyó su periodo de sesiones ordinarias. El abogado radical es el único legislador chubutense que integra la estratégica comisión.

El diputado nacional por la Alianza Cambiemos, Gustavo Menna, destacó ayer el “nivel” y la “madurez” que tuvo el debate que se produjo el martes respecto al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que promovió Mauricio Macri pocos días después de que el Congreso concluyera su periodo ordinario de sesiones. El mismo modifica leyes y anula otras, promoviendo por ejemplo, entre muchas otras cuestiones, que el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la Anses realice inversiones financieras y el embargo de la cuenta sueldo de los trabajadores por sus acreedores.

El oficialismo, luego de más de cuatro horas de debate, logró una apretada mayoría (tiene la misma cantidad de integrantes que la oposición pero el presidente posee doble voto) para validar el DNU.

Pese a esta victoria, el oficialismo aceptó que cada una de las disposiciones comiencen a ser discutidas en el Congreso a partir de marzo, con lo cual el parlamento se reservó la autoridad y la potestad que tiene para legislar.

“UN TRABAJO MUY SERIO”

En diálogo con El Patagónico, Menna destacó la madurez del debate, “luego de que quedara clara la validez del DNU”, con el que –a su criterio- “se busca reducir la burocracia y los costos de los trámites del Estado”.

Menna acotó que “iniciamos el trabajo legislativo del actual periodo en el Congreso de la Nación con el orgullo y la responsabilidad de participar de la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo del Congreso Nacional”.

Añadió que durante el debate “fuimos claros en marcar que escuchamos observaciones acerca del contenido del decreto, pese a que la Ley 26.122 invalida introducir modificaciones al mismo. En este sentido dijimos que las observaciones críticas acerca de que el Decreto 27 modifica leyes son solo una petición de principios porque este carácter está en la esencia de un Decreto de Necesidad y Urgencia. No es ninguna novedad, y es lo que han hecho los decretos a lo largo de la historia”.

“Por lo tanto -continuó- explicitamos como absolutamente razonable darle el rol que le corresponde al Congreso sobre la única vía que es posible dárselo: presentando proyectos de ley porque un DNU no admite modificaciones en su contenido, en el ámbito del tratamiento parlamentario”.

El legislador macrista consideró que cada una de las iniciativas que contiene el DNU quedará firme más allá de lo que se discuta en el Congreso, lo cual no se condice con lo que sostiene la oposición que considera inconstitucional avanzar sobre facultades de los legisladores.

El comodorense calificó a la observación como “una exageración que de ninguna manera se puede compartir cuando se dice que el DNU, que modifica el Artículo 4 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, está modificando la Constitución por el hecho de que establece el criterio de que los resúmenes de cuentas de las empresas, públicas o privadas, prestadoras de servicios públicos van a ser notificados por Internet o por medios digitales”.

“Se puede, desde la posición política, compartir o no esa solución. Pero lo que no se puede decir es que está modificando el Artículo 42 de la Constitución Nacional”, ya que, entre otras cuestiones, “ese artículo necesita de dispositivos infraconstitucionales que desarrollen todo su potencial”, concluyó en referencia un cuestionamiento menor comparado con los arriba mencionados.

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