Al banquillo el martes 12 de marzo

La causa tiene 12 imputados y la audiencia de debate se realizará en Rawson. Investigan a exfuncionarios, empresarios y particulares por asociación ilícita, fraude a la administración pública, negociaciones incompatibles, enriquecimiento ilícito y autolavado de activos.

La causa judicial conocida como “El Embrujo”, en la que están detenidos entre otros, los exfuncionarios Diego Correa y Diego Lüthers, tiene fecha para la iniciación del juicio oral y público.

Será el próximo martes 12 de marzo en la Sala 2 de la Oficina Judicial de Rawson, y el Tribunal estará integrado por los Jueces Marcela Pérez, Alejandro Soñis y Ricardo Rolón.

En total son 12 los imputados por la causa: Diego Correa, Diego Lüthers, Natalia McLeod, Daniela Souza, Juan Carlos Ramón, Sandro Figueroa, Federico Gatica, Jorge Godoy, Giuliana McLeod, Darío Correa, Christian Guisande y Rubén Reinoso.

Entre los delitos imputados, con distintas responsabilidades, figuran asociación ilícita, fraude a la administración pública, negociaciones incompatibles, enriquecimiento ilícito y autolavado de activos.

En el marco de esta causa los fiscales Alex Williams y Omar Rodríguez presentaron 131 testigos para que declaren en el juicio y la incorporación de 230 pruebas documentales. También pidieron que se haga la inspección ocular de los inmuebles embargados y se reproduzcan las intervenciones telefónicas.

UNO POR UNO

Diego Miguel Correa: Está sindicado como jefe de la asociación ilícita y además se lo acusa por fraude a la administración pública, negociaciones incompatibles con la función pública, enriquecimiento ilícito y autolavado de activos. La pena prevista por todos estos delitos parte desde los cinco años. Los fiscales adelantaron que al momento de pedir pena la misma no será inferior a los ocho años de prisión, más la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

Diego Lüthers: Los fiscales lo califican como “un eslabón esencial en la estructura delictiva”. Está acusado como miembro de la asociación ilícita, defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública y enriquecimiento ilícito. La pena parte de un piso de tres años e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Los fiscales estiman que la pena no será inferior a los seis años de prisión, más la inhabilitación perpetua.

Daniela Souza: Miembro de la Asociación ilícita; en concurso real con defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la Administración Pública, en concurso real con enriquecimiento ilícito. La pena parte de los tres años de prisión, y en función del rol y las conductas desplegadas, y en consideración que no posee antecedentes penales, la pretensión punitiva se estima en no menos de cinco años de prisión.

Natalia Mc Leod: Miembro de la Asociación ilícita; en concurso real con enriquecimiento ilícito. La pretensión punitiva se estima que no será inferior a los cuatro años y seis meses de prisión.

Matías Federico Gatica: Lavado de activos agravado por habitualidad. El contador que presidía Patoruzú RC está alcanzado por una escala penal que va desde los cuatro y seis meses, a los doce años y seis meses de prisión, y en función del rol y las conductas desplegadas por el imputado, y en consideración que no posee antecedentes penales, la pretensión punitiva se estima que partirá de cuatro años y seis meses de prisión, con más multa que partirá de los 5 millones de pesos por el lavado concretado.

Juan Carlos “Tato” Ramón: Miembro de la Asociación ilícita; en concurso real con Defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la Administración Pública. Es abarcado por una escala penal que parte de los tres años de prisión, y en función del rol y las conductas desplegadas por el imputado, y en consideración que no posee antecedentes penales, la pretensión punitiva se estima no inferior a los cuatro años y seis meses de prisión.

Sandro Figueroa: Miembro de la Asociación ilícita; en concurso real con enriquecimiento ilícito, y lavado de dinero. La escala penal que parte de los tres años de prisión, y en función del rol y las conductas desplegadas por el imputado, y en consideración que no posee antecedentes penales, la pretensión punitiva se estima en un reproche no menor de los cuatro años de prisión.

Jorge Aníbal Godoy: Enriquecimiento ilícito. La escala penal va desde los dos años a seis años de prisión, y en función del rol y las conductas desplegadas por el imputado, y en consideración que no posee antecedentes penales, la pretensión punitiva se estima partirá de los tres años de prisión, más inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos.

Giuliana McLeod: Defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la Administración Pública, cuatro hechos consumados, y dieciséis hechos tentados, los que a su vez concursa idealmente con negociaciones incompatibles. De conformidad con la calificación escogida, está alcanzada por una escala penal que va desde los dos años a seis años de prisión, y en función del rol y las conductas desplegadas, y en consideración que no posee antecedentes penales, la pretensión punitiva se estima que partirá del mínimo en los dos años de prisión.

Darío Domingo Correa: Se lo acusa por Defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la Administración Pública, los que a su vez concursa idealmente con negociaciones incompatibles. Es alcanzado por una escala penal que va desde los dos años a seis años de prisión. La pretensión de pena partirá en los dos años y seis meses de prisión.

Rubén “Bedo” Reinoso: Defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la Administración Pública. Es alcanzado por una escala penal que va desde los dos años a seis años de prisión, y en función del rol y las conductas desplegadas por el imputado, y en consideración que no posee antecedentes penales, la pretensión punitiva partirá de un reproche en los dos años de prisión, más inhabilitación perpetua para ocupar cargo públicos.

Christian Daniel Gisande: Defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la Administración Pública, dos hechos consumados y ocho en grado de tentativa, en carácter de coautor, la que a su vez concursa materialmente con el delito de Usurpación de autoridad. Es alcanzado por una escala penal que va desde los dos años a seis años de prisión, y en función del rol y las conductas desplegadas por el imputado, y en consideración que no posee antecedentes penales, la pretensión punitiva partirá en los dos años de prisión, más inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos.

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