Cabo acusado de robo pretendía evitar juicio con un resarcimiento económico y fue rechazado

Héctor Fabián Hernández es el funcionario policial que robó en la concesionario Romero Autos que lo había contratado para realizar servicios adicionales. El cabo sustrajo de un escritorio $ 20.000 pesos. En lugar de ir a juicio por este hecho intentó conceder un resarcimiento económico al propietario de la concesionaria, pero la propuesta fue rechazada y la causa seguirá en curso.

Este mediodía se llevó a cabo en sede de los tribunales penales del barrio Roca la audiencia preliminar por un hecho acontecido el pasado 2 de septiembre de 2015, que tiene como imputado al funcionario policial Héctor Fabián Hernández.

El Cabo Primero, que prestaba servicios en la Seccional Tercera, había sido contratado para realizar adicionales en el predio de la empresa Romero Autos, del barrio Industrial. Oportunidad que aprovechó para ingresar al sector de oficinas, y sustrajo de uno de los cajones del escritorio del encargado la suma de $ 20.000 en dinero en efectivo, retirándose luego del lugar, ilícito que fue captado por las cámaras de seguridad del lugar.

Hoy en la audiencia que presidió la jueza penal Raquel Tassello, jueza penal; se rechazó su propuesta de reintegro y resarcimiento económico. El fiscal Julio Puentes solicitó que se rechace el criterio de oportunidad, la reparación, ya que la regla de la disponibilidad de la acción puede proceder hasta cuando culmina la etapa preparatoria, es decir cuando se presenta la acusación y la misma ya fue presentada.

Seguidamente el encargado de Romero Autos al ser consultado por el ofrecimiento de reparación aseguró que no aceptaba ya que el funcionario policial debe preservar los bienes de la gente y no sustraerlos.

Por su parte, la defensora Vanesa Vera argumentó que no es cierto que el planteo fue extemporáneo y recordó que su defendido incurrió en hurto que es un delito común. El fiscal al sostener que es vinculante su oposición a la reparación para el juez, se aleja de la legislación de soluciones alternativas del conflicto. Por todo ello la defensora requirió se haga lugar a la reparación económica ofrecida.

Finalmente la jueza penal resolvió respecto al planteo de extemporaneidad que le asiste razón a la defensora. Pero respecto de la reparación, el delito por el cual se lo acusa a Hernández, lo comete en el ejercicio de su función pública, porque estaba realizando servicio adicional en Romero Autos. El hecho es de naturaleza funcional y por ello no procede el instituto. Asimismo consideró vinculante la opinión del fiscal ya que la misma fue lógica y fundada. Rechazando por ello la reparación, para luego pasar al ofrecimiento de la prueba de las partes y elevar la causa a juicio oral y público.

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