Concejales aprueban proyecto para facilitar trámites

Tiene que ver con la “emergencia geológica/urbanística” declarada para quienes fueron afectados por residir en cercanías del sitio donde ocurrió la catástrofe.

Los integrantes de la Comisión de Receso del Concejo Deliberante de Comodoro Rivadavia modificaron el proyecto de ordenanza que declaró -ad referéndum- la Emergencia Geológica y Urbanística alrededor del Cerro Hermitte.

El mismo se refiere al sector que delimitaba en la misma y que tiene una duración de 90 días, prorrogable si subsisten las causas que la motivan.

“Con posterioridad a la elaboración del proyecto original se han producido nuevos informes y relevamientos técnicos de carácter geológico y geotécnico que evidencian que el fenómeno que afecta al Cerro Hermitte presenta una dinámica activa y en evolución, verificándose afectaciones en sectores que no se encontraban comprendidos en la delimitación territorial originalmente incorporada”, sostienen los legisladores.

Dicha circunstancia “torna necesario actualizar la representación gráfica del área alcanzada por la emergencia, a fin de garantizar los principios de certeza, seguridad jurídica y razonabilidad normativa, evitando que la determinación territorial quede sujeta a interpretaciones implícitas o a definiciones posteriores no contenidas en la norma”, añaden.

Es por ello que “corresponde sustituir el Anexo I aprobado oportunamente por un nuevo Anexo I que refleje de manera adecuada y actualizada las áreas comprendidas dentro de la Emergencia Geológica y Urbanística declarada”.

Asimismo, el Anexo II aprobado bajo la denominación “Plan de Contingencia–Evacuación Cerro Hermitte” contiene previsiones de carácter operativo, organizacional y funcional, estructuradas sobre supuestos técnicos y escenarios dinámicos “que requieren permanente actualización y adecuación conforme a la evolución del riesgo”.

Por tal razón, “resulta conveniente, a efectos de preservar la correcta distribución de competencias entre el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo Municipal, reformular el Anexo II, limitando su contenido a la fijación de lineamientos generales y criterios rectores.

En este contexto, se aclaró que la modificación “no altera la finalidad ni el espíritu de la declaración de emergencia, sino que procura fortalecer su eficacia jurídica y operativa, asegurando su adecuada implementación y control”.

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