Confirmaron la absolución de los padres de Natalia Fraticelli

La Corte Suprema de Justicia declaró "inadmisible" el último recurso de apelación presentado por la fiscalía general de Santa Fe contra la absolución del ex magistrado.

La joven fue hallada muerta en su dormitorio el 20 de mayo de 2000 en horas de la madrugada. En un principio, sus padres Carlos Fraticcelli y Graciela Diesser, fueron condenados a prisión perpetua por la muerte de su hija Natalia, pero finalmente, los acusados terminaron absueltos después de permanecer un largo tiempo en prisión.

En noviembre del 2009, la Cámara de Apelaciones en lo Penal de esa ciudad del sur santafesino revocó la condena de ambos. En abril de 2012, Graciela Diesser se suicidó.

Luego, la Corte santafecina , según hoy publica Minuto Uno, confirmó que la falta de certeza sobre la acusación a Fraticcelli hizo imposible destruir la situación de inocencia.

EL CASO

A las 8 de la mañana del 20 de mayo de 2000, Natalia fue encontrada en su cama, muerta, con una bolsa de nylon en la cabeza. Un primer especialista que analizó el cadáver, el Dr Ulises Cardozo, concluyó que se había tratado de un suicidio por la ingesta de psicofármacos.

Pero los encargados de realizar la autopsia determinaron que, en realidad, a la adolescente la habían matado por estrangulamiento.

Las pericias médicas que se realizaron resultaron contradictorias y el caso comenzó un derrotero judicial.

La defensa de Fraticelli, Carlos Edward dijo que el ex juez era "totalmente inocente", y que no hubo "causa violenta" en la muerte de su hija, alegando que la muerte de la adolescente "se debió a la ingesta de un medicamento que tomó la menor como una acción suicida".

La chica sufría retraso mental y Fraticelli y su esposa siempre sostuvieron la versión de que su hija se suicidó. Pero fueron condenados.

En 2009, causó impacto la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que ordenó revisar las condenas por considerar que el sistema penal santafesino no garantizaba la imparcialidad de los jueces intervinientes.

Fue una fuerte advertencia de parte de la Corte nacional y obligó a la Corte santafesina a dictar una acordada de emergencia para que las causas rotaran entre las distintas salas de las Cámara de Apelaciones, de manera que los mismos jueces que evaluaban los procesamientos, no fueran los encargados de confirmar las condenas.

Los argumentos de la Corte nacional fueron que dos de los tres jueces integrantes de la Cámara Penal de Venado Tuerto, que suscribieron el voto mayoritario a favor de la condena, eran los mismos que habían confirmado el procesamiento y la prisión preventiva de los imputados, por lo que no se podían considerar aseguradas las garantías constitucionales de imparcialidad.

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