El nuevo decreto provincial autoriza las competencias oficiales nacionales, regionales y provinciales de deportes en lugares cerrados, siempre y cuando cuenten con protocolos aprobados por las autoridades sanitarias nacionales y provinciales.
Las salas de teatros y espectáculos, en tanto, podrán realizarse con un aforo del 50 por ciento y en los cines se permite una concurrencia del 30 por ciento de la capacidad de la sala.
Además, se mantiene la autorización de circulación del transporte de carga nacional y Chile como única procedencia internacional.
También siguen suspendidos los procedimientos y plazos administrativos, entendiéndose que prorroga la suspensión dispuesta en normas precedentes.
Las disposiciones del DNU 541 se consideran estipulaciones máximas, y las autoridades locales, en el ámbito de su competencia y jurisdicción y bajo su exclusiva responsabilidad, podrán dictar aquellas reglamentaciones complementarias que consideren necesarias a los fines de adecuarlas a las características demográficas y sociales de sus jurisdicciones. Podrán efectuar las restricciones que consideren pertinentes y eventualmente suspender las autorizaciones que se otorgan o dejarlas sin efecto.