El chileno que traficaba droga a pie en la frontera será expulsado de la Argentina

Daniel Alejandro Soto Osorio, quien fue condenado en abril de 2015 a cuatro años y seis meses por traficar marihuana de Argentina hacia Chile, a campo traviesa cerca de Aldea Beleiro, cumplió la mitad de la pena y la juez de ejecución federal, a pedido del propio condenado instó al "extrañamiento", es decir su expulsión del país. En cinco días se deberá dar cumplimiento a la medida. Tendrá vedado el ingreso al país hasta 2028.
La juez de ejecución penal federal de Comodoro Rivadavia, Nora Cabrera de Monella, dispuso que en cinco días hábiles a contar desde el miércoles último se dé cumplimiento a la expulsión autorizada del ciudadano chileno Daniel Alejandro Soto Osorio (23) con destino a su país de origen.
Soto Osorio, de oficio obrero de la construcción, residente en la ciudad chilena de Coyhaique deberá ser trasladado hasta la frontera por la Policía Federal para ser entregado a sus pares de Interpol de la Policía de Investigaciones de Chile. En la actualidad se encuentra alojado en la Unidad 14 del Servicio Penitenciario Federal, en Esquel, donde cumple prisión desde noviembre de 2013.
El albañil fue condenado en abril del año pasado como coautor responsable del delito de contrabando de sustancias estupefacientes, agravado por la cantidad, en grado de tentativa. Recibió la pena de cuatro años y seis meses de prisión, accesorias legales y las costas del juicio.
Con la mitad de la pena cumplida el 21 de febrero último, el reo solicitó a través de su defensa una medida de "extrañamiento" -expulsión- ante la Dirección Nacional de Migraciones a la que la juez de ejecución penal federal dio lugar. Cabrera de Monella autorizó así la medida.
La Dirección Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior de la Nación, tiene a partir del último miércoles cinco días hábiles para dar cumplimiento a la expulsión autorizada con destino a su país de origen y arbitrar los medios necesarios, en cuanto a controles fronterizos para evitar cualquier intento de ingreso al país por parte del mencionado condenado.
Para ello se deberá poner en conocimiento a Gendarmería Nacional Argentina, Prefectura Naval Argentina, Policía de Seguridad Aeroportuaria, y a la Policía Federal Argentina. En el supuesto de verificarse la violación por parte del nombrado de dicha restricción, deberá quedar detenido en calidad de condenado a disposición del Juzgado Federal para continuar el cumplimiento de la pena impuesta.

TRAFICO A PIE
El 21 de noviembre de 2013 el escuadrón 38 "Río Mayo" de Gendarmería Nacional, tomó conocimiento, a través de puesteros de estancias, que personas ajenas a las mismas habían sido observadas dentro de ellas transitando con dirección a Chile, trasladando bultos y evadiendo todo tipo de control.
Se realizó un patrullaje mediante el cual se detectó a Soto Osorio y a Leandro Zapata Vargas -después fugado de la alcaidía policial de Comodoro Rivadavia y recapturado en Chile- quienes caminaban por terrenos de la estancia "El Triángulo".
Cuando gendarmes a caballo le dieron la voz de alto, los sospechosos empezaron a correr pero fueron capturados. Llevaban una campera azul atada en sus mangas con siete paquetes de marihuana.
Soto Osorio expresó en el debate que conocía a Zapata Vargas de la población Gabriela Mistral de Coyhaique y que este le había dicho que lo acompañara a la casa de un tío en un campo próximo a la frontera con la Argentina, pero que no sabía que iba a buscar drogas.
Relató que empezaron a caminar por el campo, que la casa donde fueron estaba del lado argentino, pero que él no sabía que habían transgredido la frontera. Dijo que no sabía que estaba en Argentina y que cuando Gendarmería le dio la voz de alto Zapata le dijo que corrieran. Dejaron tirada la droga, pero no lograron llegar muy lejos.

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