El miércoles y jueves se desarrolló, en los tribunales penales de Comodoro Rivadavia, un debate oral y público en relación a una causa por incumplimiento de los deberes de funcionario público que tiene como imputado a Fernando Vivas. Luego de concluida la etapa de incorporación de prueba testimonial y documental en su alegato final, el fiscal consideró probado el hecho llevado a juicio. Señaló que la prueba ha podido acreditar la materialidad del hecho y autoría en cabeza del imputado. En contraposición la defensa pidió “su absolución por el beneficio de la duda”.
Presidió el debate como tribunal unipersonal Raquel Tassello, jueza penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Martín Cárcamo, fiscal general; en tanto que la defensa de Vivas fue ejercida por María Kuhnle, abogada particular del mismo.
El caso ventilado en debate ocurrió el de agosto de 2019. El fiscal, como parte acusadora, señaló que Fernando Martín Vivas --quien para aquella fecha ocupaba el cargo de subsecretario de Gestión Urbana de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia, en el que fuera designado mediante Resolución Municipal N°: 2.345/2018 del por entonces intendente municipal, Carlos Linares-- actuando a sabiendas de que María Francisca Romero de Gómez no cumplía los requisitos impuestos para registrarse como Transportista de Residuos Sólidos Urbanos (conf. Ordenanza Municipal N°: 11.638/14), otorgó en favor de esta última el certificado correspondiente.
Según el fiscal, Vivas insertó falsamente en dicho documento que la beneficiaria era la titular de la firma denominada “Chatarra Gómez”, que esta se domiciliaba realmente en la calle Humberto Beghin al 3.200 de esta ciudad, y que no se encontraba “inscripta como Transportista de R.S.U.”. Para el acusador, Vivas ejerció abusivamente de su cargo, disponiendo la inscripción de María Francisca Romero de Gómez como transportista de residuos sólidos urbanos, a sabiendas que no cumplía con los requisitos. Vivas con su cargo era la autoridad de aplicación de la Ordenanza de Residuos Sólidos Urbanos.
Para el fiscal, previamente a la expedición del documento antes aludido, Vivas había denegado arbitrariamente expedir constancia de renovación del Certificado de Transportista de RSU solicitado por Alfredo Javier Gómez, quien resultaba ocupante exclusivo y titular registral del inmueble sito en la calle Humberto Beghin N°: 3.269 de esta ciudad, contaba con la respectiva Habilitación Comercial a su nombre desde el año 2003, y se encontraba inscripto en el registro antes referido desde el año 2014.
“La renovación del certificado por parte de Alfredo Gómez había sido solicitado formalmente y cumpliendo todos los recaudos normativamente impuestos, el día 01/07/19, adjuntando en la ocasión Título de Propiedad del Inmueble donde desarrollaba la actividad, constancia de Habilitación Comercial, Constancia de VTV y Seguro Obligatorio de los vehículos utilizados para desarrollar el transporte de RSU y el pago de patente de las 20 bateas que utilizaba en la explotación; pese a lo cual Vivas rechazó su presentación, otorgando en cambio el Certificado de RSU en favor de Romero de Gómez, como se dijo al inicio”, describió el fiscal.
Por todo ello, el acusador planteó que se lo declare a Vivas autor penalmente responsable del delito de “falsedad ideológica de instrumento público, agravada por la comisión de funcionario público, en funciones”.
ARGUMENTOS DE LA DEFENSA
La defensora en su alegato afirmó que “no existe delito alguno en el accionar” de su asistido. Consideró que “la acusación carece de respaldo probatorio y jurídico”. Y “que los hechos atribuidos se deben a una controversia quizás administrativa pero nunca a una falsedad penalmente relevante”.
Señaló que el Certificado otorgado por su asistido a la señora Gómez fue atribuido conforme a su competencia y atribuciones. Además, su “conducta resulta atípica penalmente”. Así, la defensora afirmó que “acá estamos claramente en una disputa familiar”. No se pudo demostrar el dolo directo en su accionar, argumentó y en consecuencia, solicitó “su absolución por el beneficio de la duda”.
Finalmente, la jueza dio por concluido el debate y el próximo jueves 23 de octubre dará a conocer su veredicto de responsabilidad penal.