Por el homicidio de Jhon Blas Gutiérrez, ocurrido el 20 de enero de 2017 en una tienda del barrio Moure y que tiene como declarados penalmente responsables a Enzo Uranga y Lautaro Hernández, se desarrolló en los últimos días la audiencia de impugnación de sentencia ante la Cámara Penal de Comodoro Rivadavia. Las defensas solicitaron el mínimo de la pena establecido para el delito que es de 10 años de prisión. En cambio, la fiscal requirió que se mantenga en todos sus términos la pena impuesta a ambos, es decir 16 años de prisión para Hernández y 17 años para Uranga.
El tribunal de la Cámara Penal fue conformado por los jueces Martín Montenovo, Daniel Pintos y Guillermo Müller; por el Ministerio Público estuvo presente la fiscal general Camila Banfi. Mientras, la defensa de Hernández fue ejercida por Guillermo Iglesias y la de Uranga la realizó María de los Ángeles Garro.
En un primer momento el defensor de Hernández planteó dos agravios respecto de la condena de primera instancia: la calificación legal por la cual fue declarado penalmente responsable y la dosis de la pena.
Del relato del crimen surge que dos personas entraron al local comercial de los padres de la víctima, entonces el más alto de los dos sacó un revólver y efectuó disparos, impactando en la humanidad del joven ingeniero boliviano. A entender del defensor existe complicidad y no autoría para Hernández.
El tribunal de juicio no le dio el rol central y no había un indicador previo de que Hernández conocía la existencia del arma y su uso, argumentó Iglesias.
Recordó las penas que el tribunal impuso de 17 años de prisión para Uranga y de 16 años para Hernández e insistió en que el rol protagónico lo tuvo Uranga. Asimismo destacó que Hernández no tiene antecedentes penales ni causas en trámite.
Por todo ello consideró que la pena impuesta fue muy elevada y que la misma debe instalarse en su mínimo, es decir 10 años de prisión, a partir de las circunstancias atenuantes del caso.
En igual sentido, la defensora de Uranga se refirió al principio resocializador de la pena, la juventud de Uranga y su estado de desprotección.
Concluyó que se debería readecuar la pena que se le impuso al mínimo establecido para el delito, es decir diez años de prisión.
A continuación la fiscal solicitó al tribunal de Cámara que se mantenga la pena impuesta a Hernández, como también la calificación jurídica por la cual se lo condenó: homicidio en ocasión de robo. Tanto Uranga como Hernández participaron del homicidio en ocasión de robo y eso se probó, argumentó. Ambos fueron coautores con dominio funcional, con un plan criminal, división de funciones y convergencia de voluntades en el accionar desplegado, subrayó.
Finalmente el tribunal resolvió que el miércoles 20 de diciembre, a las 12.30, dará a conocer la parte resolutiva de la sentencia y sus fundamentos sintéticos.