Presidió el acto Daniela Arcuri, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Adrián Cabral, fiscal general, acompañado por Facundo Oribones, abogado contratado; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Esteban Mantecón y María de los Ángeles Garro, defensores públicos.
En un primer momento el fiscal solicitó se le formalice el hecho en contra de Huenuman acontecido el pasado 25 de noviembre, aproximadamente a las 22:30 en circunstancias en que la víctima Gustavo Millan se encontraba junto a un grupo de amigos en el lote denominado “el Palenque”, en la ex Radio Estación.
Allí se apersonó el imputado Marcelo Huenuman, junto a otras dos personas a bordo de un Renault 12, color crema. El imputado junto a otra persona se baja del vehículo, ingresan al predio y cierran el portón. Sin mediar palabras Huenuman extrae un arma de fuego y ejecuta tres disparos que impactan en la humanidad de Millan. Luego se suben al auto y huyen del lugar.
La víctima es trasladada hasta el Hospital Regional donde permanece en terapia intensiva. Calificando provisoriamente el hecho como “homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en grado de tentativa” en calidad de autor parta Huenuman.
Seguidamente el fiscal Cabral solicitó se declare legal la detención del imputado ya que fue debidamente fundada y emitida por un juez penal competente. Requiriendo también el plazo de tres meses de investigación, e igual plazo de prisión preventiva para Huenuman en base a los elementos de convicción suficientes para tenerlo como probable autor del hecho. También por la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación.
Por las características graves del hecho y la pena que se espera como resultado del proceso, con un mínimo de 5 años y 4 meses de prisión, de complimiento efectivo. Por último Cabral se refirió a que Huenuman fue condenado el pasado 23 de junio de 2012 por el homicidio de Franco Ortega, a la pena de 8 años de prisión y que accedió a su libertad condicional el 26 de septiembre del presente año.
El imputado accedió voluntariamente a declarar negando su participación en el hecho, ya que la víctima es padrino de su hermano y compadre de su padre. “No entiendo por qué me están metiendo acá”. Ayer empezaba a trabajar y esperaba rehacer su vida.
Por su parte la defensa no formuló objeción respecto de la legalidad de la detención ni del plazo de investigación requerido. Si objetó el pedido de prisión preventiva ya que el mismo no se base en pautas objetivas, sostuvo. Las características del hecho y la pena que se espera no son pautas objetivas. Dista mucho de existir el peligro de fuga ya que dos horas después del hecho se encontraba en su domicilio, argumentó el defensor. Los indicios no tienen entidad para vulnerar el principio de inocencia de Huenuman y la libertad debe regir durante el proceso. Por todo ello solicitó el arresto domiciliario de su pupilo.
Finalmente la jueza penal resolvió declarar legal la detención del imputado y decretó la apertura de la investigación preparatoria en su contra por el hecho y la calificación legal escogida por el fiscal. Dando por anoticiado a Huenuman del mismo, y por asegurada su defensa técnica. Imponiendo su prisión preventiva por el término de tres meses en base a las características gravísimas del hecho, y la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación.