Fue condenado por abusar a su hijastra de 12 años

Un hombre de 50 años de edad, que fue acusado de abusar sexualmente de la hija de su pareja, que en ese momento tenía 12 años, fue condenado por abuso sexual con acceso carnal agravado en Sarmiento. El condenado continuará con prisión domiciliaria hasta que la pena quede firme.

El tribunal colegiado integrado por los jueces Alejandro Rosales, Jorga Novarino y Martin Zacchino, dictaron sentencia condenatoria contra un sujeto de 50 años de edad, acusado por delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido contra una menor de 12 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma.

La investigación fue llevada a juicio por la fiscal Laura Castgano. El imputado, en tanto fue asesorado técnicamente por el defensor público Gustavo Oyarzun. En la audiencia de debate de la pena, la Fiscalía peticionó que se le imponga al procesado una condena de 16 años de prisión. Asimismo, requirió que se mantenga la prisión domiciliaria que viene cumpliendo el imputado, hasta que quede firme la sentencia. En tanto, el representante de la Defensa Pública pidió que su asistido cumpla el mínimo previsto para este tipo de delito, es decir 8 años de cárcel. El próximo viernes 14 de septiembre, los magistrados informarán su resolución.

Por tratarse de abuso sexual intrafamiliar, preservar la identidad de la víctima impide dar a conocer la del agresor. Las vivencias a las que son sometidas las víctimas de abuso sexual infantil tienen un impacto muy profundo que va más allá del ultraje a su cuerpo, implica un daño en la psiquis muy complejo de sanar.

Rosales inició la lectura del veredicto unánime, indicando que los sucesos endilgados al acusado ocurrieron en el período comprendido de junio a diciembre del año 2007 en la localidad de Sarmiento. El imputado cometió el delito de abuso sexual agravado contra una menor de 12 años de edad, hija de su pareja, en el domicilio en el que convivían junto a su grupo familiar. Asimismo, los hechos se reiteraron en el año 2011, cuando la víctima aún era menor de edad.

Por ello, los magistrados resolvieron condenar al acusado como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por haber sido cometido contra una menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma, en la modalidad de delito continuado, en calidad de autor material.

En esta instancia, Castagno hizo mención a la calificación jurídica y a los hechos. Luego desarrollo los atenuantes y agravantes del caso. Finalmente, requirió que se le imponga al condenado una pena de 16 años de prisión de cumplimiento efectivo. También pidió que se mantenga la medida de coerción de arresto domiciliario, hasta que la sentencia quede firme. Por su parte, Oyarzun no se opuso a la petición de la prisión domiciliaria y peticionó al tribunal que su defendido reciba el mínimo de la pena prevista para este tipo de delito.

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