Homicidio de Km 8: tres meses de prisión para el imputado

Lucas Aarón Romero, detenido por el homicidio de Ezequiel Alvarado Beltrán, permanecerá 90 días en prisión preventiva mientras avanza la investigación.

En los tribunales penales de Comodoro Rivadavia, este viernes se llevó a cabo la audiencia de control de detención y apertura de la investigación en relación al homicidio de Ezequiel Alvarado Beltrán, que tiene como único imputado a Lucas Aaron Romero. El homicidio fue perpetrado el jueves por la noche en Kilometro 8.

El fiscal solicitó que se declarara legal la detención de Romero, que se le formalice el hecho en su contra por homicidio simple y que se dicte su prisión preventiva.

Mientras, las defensoras cuestionaron la legalidad de la detención.

Por último, el juez penal resolvió declarar ilegal la detención, autorizó la apertura de la investigación y dictó la prisión preventiva de Romero por tres meses.

El caso investigado aconteció el 15 de octubre de 2026.

Según la imputación de la Fiscalía, siendo alrededor de las 19:10, Alexandro Ezequiel Alvarado se hallaba en compañía de una testigo. Ambos transitaban a pie por la calle Código 2401, en dirección a su esquina con calle Base Matienzo, en el barrio Don Bosco, de Km. 8.

En tales circunstancias, fueron interceptados por Lucas Aaron Romero, expareja de la testigo.

La mujer procuró conversar con este, quien sin embargo no desistió en su agresión verbal.

Se dirigió hacia el propio Alvarado, comenzó a insultarlo y extrajo de entre sus ropas un arma blanca tipo navaja, intentando agredir al nombrado. Poco después, se hizo presente en el lugar la madre del imputado, quien intentó también, sin éxito, hacer cesar la agresión.

Romero volvió a dirigirse a Alvarado, quien intentó escapar del lugar, siendo perseguido y rápidamente interceptado por aquel, el cual, valiéndose del arma blanca referida, y con claras intenciones de darle muerte, le asestó al nombrado una herida punzocortante en hemitórax izquierdo, por debajo de la respectiva tetilla, perforándole el corazón, y huyendo del lugar.

La víctima logró caminar unos cincuenta metros aproximadamente, para luego perder el conocimiento en la vía pública, siendo primeramente asistido en el lugar, y trasladado luego al Hospital Regional ya en estado crítico, falleciendo finalmente como consecuencia de la lesión descripta.

La fiscalía calificó provisoriamente el caso como “homicidio simple”, por el que Lucas Aaron Romero deberá responder en calidad de “autor”.

PRISION PREVENTIVA

Por los elementos de convicción suficientes para tenerlo a Romero como probable autor del hecho, la gravedad del mismo y la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación, el fiscal solicitó se dicte su prisión preventiva.

Por su parte la defensa planteó la ilegalidad de la detención de su asistido Romero.

Finalmente, el juez penal resolvió declarar ilegal la detención del imputado Romero por presunta mala actuación de la policía, autorizó la apertura de la investigación del hecho y dictó la prisión preventiva de Romero.

Presidió la audiencia Mariano Nicosia, juez penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Ariel Corredera, fiscal general, acompañado por Silvia Chaura, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de Romero fue ejercida por Vanesa Vera y Juliana Fuentes, defensoras públicas.

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