Hoy se aprobaría la ordenanza que prohíbe la utilización de pirotecnia

Se trata del proyecto de la concejal Adriana Casanovas, que en diciembre presentó la iniciativa en el recinto legislativo luego de que se sancionara una ordenanza genérica que de ningún modo resultaba restrictiva y que había sido impulsada por el edil de la Alianza Cambiemos, José Gaspar.
El incidente que se produjo con la Batucada Comodorense, que en febrero durante los festejos de Carnaval arrojó una "Torta Final de 60 detonaciones” provocando un saldo de 14 heridos, motivo que el Ejecutivo municipal decidiera de una vez por todas avanzar con la sanción de una ordenanza que prohiba el uso de pirotecnia, lo cual era reclamado desde hace años por diversos sectores de la sociedad, como los protectores de los derechos de los animales y los familiares de personas a los cuales los fuegos de artificio agravaban sus dolencias.
A esto hay que agregar que a comienzos de año se produjeron numerosos incendios de pastizales provocados por la pirotecnia arrojada sin recaudos por numerosos inconcientes.
Por eso hoy finalmente el Concejo Deliberante tratará un proyecto de ordenanza que ya fue analizado en la Comisión de Legislación General. El mismo es impulsado por la concejal Adriana Casanovas, quien ya en diciembre había presentado la iniciativa. Sin embargo, en ese momento quedó en la nada luego que se sancionara una norma genérica que de ningún modo era restrictiva, la cual había sido impulsada por el edil de la Alianza Cambiemos, José Gaspar, y que ahora será derogada.
El nuevo proyecto prohíbe en todo el ejido urbano de Comodoro “la utilización, fabricación, comercialización, depósito y venta al público mayorista o minorista para uso particular de cualquier tipo de producto y cohetería".
Quedarán excluidos “aquellos destinatarios al entretenimiento de la comunidad”, “espectáculos musicales al aire libre”, “actos conmemorativos especiales o fechas significativas” y "para señales de auxilio, emergencias, náuticas y para el uso de las fuerzas armadas, de seguridad y/o Defensa Civil y los de uso profesional".
En este sentido, el proyecto aclara que no se podrán realizar espectáculos pirotécnicos en espacios densamente poblados, “como así también en un radio de 500 metros de depósitos de combustibles, líquidos o gaseosas y a igual distancia de hospitales, sanatorios, geriátricos, centros de salud, escuelas, terminales de ómnibus, aeropuertos, puertos o edificios de propiedad horizontal de tres pisos o más”.
De la misma forma, establece que los espectáculos autorizados deberán efectuarse en lugares que cumplan con las medidas de seguridad correspondientes, previa autorización de la autoridad de aplicación y con la intervención de la Secretaría de Seguridad, Defensa Civil y Bomberos Voluntarios, que a través del Cuartel Central deberán emitir una autorización previa junto a Defensa Civil.
De esta forma, quedará prohibida la exhibición y comercialización de artificios pirotécnicos en la vía pública o de forma ambulante, y quien la utilice será pasible de sanción con el decomiso y destrucción de la pirotecnia y una multa equivalente a 95.000 módulos.
Mientras tanto, quien la fabrique, comercialice, deposite o venda al público recibirá una sanción de 475.000 módulos y la clausura del local. También será sancionado quien la facilite a menores.
En caso de ser aprobado el proyecto, el Ejecutivo municipal deberá realizar una “amplia campaña” de información y concientización con los vecinos de la ciudad e incluir los teléfonos para realizar denuncias. La ordenanza se reglamentaría en 90 días.

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