Por dos años, una mujer tiene prohibido cualquier tipo de contacto con la víctima, no podrá consumir drogas, ni abusar de bebidas alcohólicas. Es que fue condenada por amenazar al responsable de su desalojo. En su momento, ella denunció a dos jueces y a un fiscal por mal desempeño de funciones, acusándolos de fraude a su persona y un presunto complot, denuncia que fue desestimada en su momento por el Consejo de la Magistratura del Chubut.
Ahora, el juez Jorge Novarino de Sarmiento condenó a María Cristina Liempis (42) a seis meses de prisión condicional por el delito de amenazas simples. La condena por 6 meses de prisión de ejecución condicional, va a acompañada de cumplimiento de reglas de conducta. Será por el término de dos años. Al respecto, Novarino indicó que durante dos años Liempis deberá mantener su domicilio y en caso de modificarlo, informar con un plazo no mayor a las 48 horas de producido, abstenerse de consumir estupefacientes y del abuso de bebidas alcohólicas.
Las amenazas ocurrieron el 21 de marzo del año pasado al mediodía, cuando la víctima de las amenazas se encontraba en su domicilio, junto a un oficial de justicia. La acusada llegó al lugar y le gritó: “no te voy a dejar vivir en la chacra; adonde te encuentre te voy a degollar y te voy a cagar a tiros”. Y a la vez agregó: “te voy a quemar la casa y los autos”. Luego subió a su vehículo y se retiró del lugar.
DENUNCIADOS
En medio de esa disputa por la chacra, todo derivó en una denuncia que Liempis presentó en el Consejo de la Magistratura de Chubut contra los jueces Daniel Camilo Pérez, Gustavo Antoun y el fiscal Herminio González Meneses, por mal desempeño de sus funciones.
Liempis consideró que había un fraude hacia su persona y un presunto complot de ciertos abogados y magistrados de Sarmiento que a su entender terminó en el desalojo de la chacra en cuestión que según ella era propiedad de su tío.
Sin embargo, la denuncia fue desestimada no advirtiéndose irregularidades. Fue luego de que la Comisión de Admisibilidad del Consejo analizara todos los expedientes en torno al caso, tanto denuncias de Liempis como de la víctima, y lograron establecer que el hombre que residía en la chacra -F.O.- ocupaba el lugar de forma pacífica desde hace más de 20 años y que había sido despojado de manera violenta por la mujer y sus hijos de dicho terreno en forma clandestina, rompiendo candado y colocado una nuevo e impidiendo así el ingreso al predio por parte de su ocupante.
“La señora Liempis, alega tener un derecho de propiedad que circunscribe a una pariente de lazo hereditario con el titular registral, cometiendo el error de querer hacer valer el mismo por vías de hecho con una conducta totalmente contraria a derecho” dijo la comisión de Admisibilidad del Consejo, conformada por Oscar Masari, Rafael Williams, María Eugenia Jacobsen y Nelly García.
Es que el 8 de marzo del año pasado a Liempis una sentencia ya le había ordenado cumplir con el desalojo y que en relación a sus derechos hereditarios los mismos debía hacerlos valer en nuevo proceso.
Incluso el 24 de febrero, Liempis también mandó un correo al Consejo de la Magistratura denunciando al juez penal Alejandro Rosales, que entendía en el juicio por usurpación. Sus denuncias fueron desestimadas por no tener fundamentos para el análisis.
Ahora Liempis fue condenada por el juez Novarino que decretó a la vez una orden de prohibición de contacto, tanto personal, telefónico o por cualquier otro medio y acercamiento a sus propiedades, para con la víctima y su grupo familiar.
Incluso el juez ordenó que Liempis, deberá presentarse trimestralmente ante el Cuerpo de Delegados de la Oficina Judicial.
Durante el juicio, el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el mismo fiscal que la condenada había denunciado: Herminio Gonzales Meneses. Mientras, como su asistente técnico estuvo el abogado Edgardo Hughes y su defensa fue ejercida por el defensor público, Gustavo Oyarzún.