Entre las convenciones probatorias realizadas este miércoles estuvo la incorporación del examen toxicológico a la víctima, María Ojeda Corbett (81), realizado analizando el humor vítreo y el líquido pericárdico donde no se detectó etanol ni psicofármacos.
Otra convención fue el informe de la empresa Claro sobre datos de titularidad de abonados, tráfico de llamadas y mensajes entrantes y salientes el día del hecho. También sobre las comunicaciones captadas por antes de celulares el día del hecho, como un indicio más de presencia del imputado en el lugar del hecho.
Asimismo, se dio lectura a otro informe de mensajes enviados por el imputado a sus familiares para fugarse y se incorporó el certificado de defunción.
El hecho tuvo lugar el 23 de julio de 2021, aproximadamente a las 19:05, cuando Leonardo Sebastián Rodríguez llega caminando al domicilio de la víctima, María Ojeda Corbett, en la calle Huergo al 4.500, e ingresa al mismo trepando un paredón. Toma dos cordones y golpea la puerta de la víctima, quién le abre ya que lo conocía porque concurría a la casa de sus inquilinos, primos de Rodríguez. Ingresa y la reduce atando sus manos en la espalda, le coloca una media en su boca y la deja boca abajo inmovilizada.
Seguidamente sustrajo una determinada cantidad de dinero, deja a la víctima en la posición que se encontraba, salta el paredón y se da a la fuga. A raíz de ello, María Ojeda Corbett murió producto de un infarto agudo de miocardio. El hecho fue calificado jurídicamente como “homicidio en ocasión de robo” en calidad de “autor” para Rodríguez.
El tribunal de debate fue integrado por los jueces penales Ariel Tedesco, Alejandro Soñis y Martín Cosmaro; el Ministerio Público Fiscal lo representaron Cristian Olazabal y Cristian Ovalle, en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Vanesa Vera, defensora pública.