De acuerdo a la Ley 24.254, los negocios de todo el país permanecerán cerrados hasta las 20. La normativa también advierte que “toda infracción a lo dispuesto en los artículos precedentes, será sancionada de acuerdo con las normas en vigencia relativas al trabajo en el día feriado”.
De esta forma, los restaurantes, confiterías, casas de bebidas y similares, rotiserías, panaderías, clubes, y todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas, podrán abrir a partir de las 20 de este 18 de mayo.
El artículo 2 de la ley mencionada incluye, también hasta las 20, la prohibición de las funciones teatrales, las competencias deportivas y toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos.
A su vez, aunque la normativa no lo mencione, algunos servicios esenciales podrán mantener su actividad, así como las estaciones de servicios, las farmacias, los hospitales y los centros de salud.
Fuente: Página 12