Aprobaron la reparación económica para hijos víctimas de femicidios

El proyecto de ley denominado "Brisa" consiste en una reparación económica equivalente a una jubilación mínima, para los menores de 21 años y personas con discapacidad que fueron víctimas de femicidio con el crimen de su madre. La sanción fue por unanimidad.

De manera unánime -203 votos-, la Cámara de Diputados aprobó este miércoles la denominada “ley Brisa”, que crea un régimen de reparación económica para hijos e hijas de víctimas de femicidio, equivalente a un haber jubilatorio mínimo.

El proyecto adoptó el nombre a partir del caso de Brisa Barrionuevo, una niña que vive en Moreno junto a sus hermanos gemelos, Elías y Tobías. Su madre, Daiana Barrionuevo, fue asesinada a golpes el 20 de diciembre de 2015 y su cadáver, arrojado a un río dentro de una bolsa.

“Hoy estamos dando una respuesta política e institucional a la situación de profundo desamparo en que se hallan las hijas e hijos de mujeres víctimas de femicidio, un crimen que pone de manifiesto el rostro más extremo de la violencia de género”, puntualizó la presidenta de la Comisión de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, Alejandra Martínez.

El proyecto, impulsado originalmente por el exsenador Jaime Linares y la organización Casa del Encuentro, había sido avalado en la Cámara alta el 31 de mayo del año pasado, y este miércoles se incorporó al temario de la sesión por acuerdo de todos los bloques, a pesar de que no estaba completado el trámite en comisiones.

La asignación económica se otorgará de forma mensual a los hijos hasta los 21 años y a las personas con discapacidad sin límite de edad, a partir del momento en que se haya cometido el delito, aunque haya sido cometido antes de la sanción de la ley. El beneficio será compatible con la Asignación Universal por Hijo (AUH), con el régimen de Asignaciones Familiares, con las pensiones de las que los hijos sean beneficiarios, con el régimen de alimentos que perciban por parte de su progenitor, o con cualquier otra prestación de la cual sean destinatarios. En el artículo 9, se establece que los menores de 21 “tienen derecho a que el Estado nacional les asigne una cobertura integral de salud, la cual debe cubrir todas las necesidades de atención de su salud física y psíquica”.

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