Condenan a 16 años de prisión a un imputado por abuso sexual

Quedó en prisión preventiva luego que a pedido de la defensa se solicitara una audiencia de revisión de la prisión preventiva y los jueces ratificaran la medida.

Después de haber sido declarado culpable por un tribunal popular por once hechos de abuso sexual agravado, en la tarde del jueves la jueza técnica dio a conocer la sentencia de pena correspondiente a D. H. B (solo se publican sus iniciales para preservar la identidad de las víctimas).

En la audiencia de cesura de pena, la fiscal María Laura Blanco, luego de analizar las circunstancias agravantes y atenuantes del caso, consideró como agravantes la cantidad de hechos, la extensión en el tiempo de los hechos, la violencia de género, y principalmente el daño causado a la víctima que quedó embarazada producto de los abusos: por lo cual solicitó que “se imponga al condenado la pena de 20 años de prisión” por el delito de “abuso sexual con acceso carnal, agravado por ser cometido en perjuicio de una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente, once hechos, en concurso real”, en calidad de “autor”.

Por su parte, la defensa expresó que no aplicaba los agravantes enunciados por la fiscalía y requirió se consideren como atenuantes la falta de antecedentes penales de su asistido, la no trascendencia a terceros de la pena, por sus hijos y requirió la imposición del mínimo legal, de 8 años de prisión.

Finalmente, la jueza técnica Raquel Tassello condenó a D. H. B. a la pena de 16 años de prisión, más tratamiento psicológico. Al momento de determinar la pena, consideró como circunstancias agravantes la naturaleza de la acción y la violencia de género ejercida contra la víctima, entendiendo que su valoración no implica una doble ponderación. En este sentido, sostuvo que “no hay dudas que las conductas del autor impactaron en la víctima dejando huella en su psiquis”.

Asimismo, la magistrada señaló que no correspondía valorar la naturalización de los hechos por los cuales el acusado había sido absuelto por el jurado y consideró como circunstancia atenuante la falta de antecedentes penales de D. H. B.

MEDIDA DE PRISIÓN

A continuación, la fiscalía reiteró el pedido de prisión preventiva para D. H. B. hasta que la sentencia quede firme, fundamentando la solicitud en la declaración de culpabilidad, la gravedad del delito por el cual fue condenado y la existencia de peligro de fuga.

Por su parte, la defensa se opuso al pedido de prisión preventiva y sostuvo que la cuestión ya había sido analizada en la instancia anterior. En este sentido, argumentó que, al no encontrarse firme la sentencia, continúa vigente el principio de inocencia y consideró que no existían motivos para modificar las medidas sustitutivas de la prisión preventiva que habían sido impuestas a su asistido.

Seguidamente, la jueza técnica consideró que la situación procesal de D. H. B. había variado respecto del momento en que se dictó el veredicto de culpabilidad, ya que en aquella instancia aún restaba determinar la pena.

En este sentido, sostuvo que, ante la condena a 16 años de prisión, se configura el peligro de fuga necesario para asegurar el cumplimiento de la ley penal. Por ello, dispuso la prisión preventiva de D. H. B. por el término de seis meses o hasta que la sentencia quede firme, lo que ocurra primero.

Presidió la audiencia Raquel Tassello, jueza penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de D. H. B. fue ejercida por María de los Ángeles Garro y Gustavo Oyarzun, defensores públicos.

AUDIENCIA DE REVISION POR DOS JUECES

Así este viernes la defensa de D. H. B. solicitó la revisión de la medida de coerción ante dos jueces, distintos del juez técnico del debate, Alejandro Soñis y Alicia Fernanda Revori, solicitando que se revoque la prisión preventiva dictada a su asistido y se disponga su libertad con medidas sustitutivas.

En contraposición la fiscal pidió que se confirme en todos sus términos la resolución de la jueza Tassello y se mantenga la prisión preventiva de D.H. B. hasta que la sentencia quede firme.

Finalmente, por mayoría de los jueces Revori y Cosmaro, con la disidencia de Soñis (tuvieron que llamar a un tercer juez por un fallo dividido), confirmaron mantener la prisión preventiva de D. H. B. por seis meses o hasta que la sentencia quede firme.

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