Condenan a dos años de prisión a mujer que atropelló y mató a un anciano

La conductora fue hallada culpable de homicidio culposo por la conducción imprudente de un vehículo automotor. De todos modos, la prisión es condicional. Además, se la inhabilitó para conducir durante 5 años. La fiscalía había pedido una pena mayor y una inhabilitación más extensa.

El juez Ariel Quiroga dictó este miércoles la sentencia contra Magdalena Luján López (38), quien el 22 de marzo de 2021 embistió con su auto a Clementino Thorp (71) cuando cruzaba la Avenida Estrada y calle España, en la ciudad de Sarmiento. El hombre falleció seis días después en el Hospital Regional de Comodoro.

López fue condenada como autora penalmente responsable del delito de homicidio culposo por la conducción imprudente de un vehículo automotor, y se le impuso una pena de dos años de prisión de cumplimiento condicional. Además, se le prohibió conducir vehículos por el plazo de cinco años, y se le impusieron reglas de conducta y la obligación de realizar un curso de manejo defensivo.

La sentencia fue leída en la sala de audiencias de la Oficina Judicial, donde el magistrado explicó los argumentos y la escala penal del delito imputado. También hizo un resumen de los planteos efectuados por las partes en la audiencia de debate de la pena.

En esa instancia, la fiscal Laura Castagno y el abogado Alexis Ubilla –representante este último de la querella- habían solicitado que se le aplicara a López una pena de tres años y seis meses de prisión efectiva, y una inhabilitación especial para conducir por seis años.

Por su parte, el defensor público Marcelo Catalano había pedido que se le otorgara a su defendida una pena de dos años de prisión condicional.

La fiscalía y la querella basaron su acusación en las pericias realizadas en el lugar del hecho, que determinaron que López conducía a una velocidad superior a la permitida y que no frenó ni intentó esquivar al peatón. También presentaron testimonios de testigos presenciales y familiares de la víctima.

La defensa argumentó que López no tuvo intención de causar el daño, que se trató de un hecho fortuito y que su clienta tiene arraigo social y familiar. También señaló que López colaboró con la investigación y reconoció su responsabilidad.

El juez Quiroga valoró las pruebas presentadas por las partes y consideró que la conducta de López fue imprudente e inobservante de las normas de tránsito. Sin embargo, también tuvo en cuenta las circunstancias personales de la acusada y su falta de antecedentes penales.

La sentencia quedó firme al no ser apelada por ninguna de las partes.

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